REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA


EPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
202º y 153º
Expediente Nro. 03933
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: BELKIS ROJAS AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.131.408.
DEMANDADO: JOSE LUIS FERNANDEZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-15.234.022.
MOTIVO: RENTENCION INDEBIDA.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, viernes 12/04/2013, presentes los ciudadanos BELKIS ROJAS AVENDAÑO y JOSE LUIS FERNANDEZ FERNANDEZ, llegaron al presente convenimiento relacionado con la entrega de la niña OMITIR NOMBRE, de siete (7) años de edad y a tal efecto el ciudadano JOSE LUIS FERNANDEZ FERNANDEZ, manifestó estar dispuesto a entregar la niña en el día de hoy, pero necesita que la madre de su hija cumpla con sus obligaciones que la cuide, y el mismo va estar al pendiente, y de no cumplir vendrá aquí y la demandara.” La ciudadana BELKIS ROJAS AVENDAÑO, manifestó: que quiere tener de nuevo a su hija, estar dispuesta a cumplir con todas sus obligaciones como madre a educarla, a protegerla, a mantenerla cuidada limpia, bien alimentada.” Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos BELKIS ROJAS AVENDAÑO y JOSE LUIS FERNANDEZ FERNANDEZ, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. -----------------
LA JUEZ

ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ