REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES


JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, treinta de abril de dos mil trece.

203° y 154°

Por cuanto en fecha 31 de octubre de 2012, el Juez Titular del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, dictó sentencia definitiva, de la cual por notoriedad judicial este Juzgador tiene conocimiento, en virtud del recurso de apelación interpuesto el 25 de enero de 2013, por el abogado RIGOBERTO ZAMBRANO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano JOSÉ EBALDO MARQUINA, contra la misma, el cual correspondió por distribución a esta Alzada, distinguiéndose el mismo con el número 4006, de la numeración propia de este Tribunal, correspondiente al juicio en que se suscitó la incidencia a que se contraen las presentes actuaciones, contenido en el expediente n° 03839 de la numeración interna de ese Tribunal, no evidenciándose que la parte demandada, al momento de apelar de la decisión definitiva hizo valer la apelación ejercida contra la decisión interlocutoria, aún no resuelta, como lo establece el artículo 291 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia, considera el juzgador que ya no tiene objeto decidir la apelación de la sentencia interlocutoria de fecha 23 de marzo de 2012 dictada en el mismo, de que conoce este Juzgado, razón por la cual se SOBRESEE el presente procedimiento, por no haber lugar a proseguirlo y dictar sentencia en el mismo, y así se decide.

Como corolario de lo anterior, este Juzgador, ORDENA que se agregue las presentes actuaciones al expediente principal, el cual se encuentra en esta Superioridad, y así se decide.
El Juez,

José Rafael Centeno Quintero
El Secretario,

Leomar A. Navas Maita


JRCQ/ycdo