horas de despacho del día de hoy martes nueve de abril de dos mil trece, siendo las diez y treinta (10:30) de la mañana, día y hora fijado por el Tribunal, para que tenga lugar el PRIMER ACTO CONCILIATORIO DEL PROCESO. Se abrió el ACTO, el Tribunal deja constancia que no se encuentra presente la parte demandante ciudadana GLADYS MARIOTZI MORA OLAVES, venezolana, mayor de edad, de profesión Ama de Casa, cedulada con el Nro. 11.221.174, ni por si ni por medio de apoderado. Se encuentra presente la parte demandada ciudadano LEANDRO JOSÉ VENDRAME VELAZCO, venezolano, mayor de edad, casado, de profesión Productor Agropecuario, cedulado con el Nro. 10.899.699, y sus apoderados judiciales Abogados YOLANDA MARGARITA RINCÓN SÁNCHEZ, cedulada con el Nro. 5.200.946 y JOSÉ GERARDO RINCON DUQUE, cedulado con el Nro. 139.811 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nro. 21.390 y 139.811. Así mismo el Tribunal deja constancia que se encuentra presente el Fiscal Especial Undécimo para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Estado Mérida, abogado ALEXANDER DUARTE, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en la parte final del artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, se declara extinguido el presente proceso. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

JULIO CESAR NEWMAN GUTIERREZ
PARTE DEMANDANDA,
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APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA,
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FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
LA SECRETARIA, _______________________
ABG. NORIS BONILLA VARGAS
Rq.