REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, primero de abril de dos mil trece.


202° y 154°


Estando dentro del lapso legal en el presente juicio, agréguese a los autos de conformidad con el artículo 107 del Código de Procedimiento Civil, el escrito presentado en fecha 25 de marzo de 2013 [constante de un (01) folio], suscrito por la abogada en ejercicio ZULMA MARÍA CARRERO DE ARAQUE, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, ciudadana EIRA CARIBAY SOSA VILLAMIZAR, mediante el cual promovió pruebas dentro del lapso de promoción de pruebas, ante la Secretaría de este Juzgado. Cúmplase. Igualmente, este Tribunal deja constancia expresa, que no se agregan pruebas de la parte demandada, por cuanto la misma no promovió prueba alguna, ni por sí, ni por medio de su defensora judicial.

EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

En la misma fecha se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado por la parte ACTORA, constante de un (01) folio. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,


Abg. SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.
Exp. 10.440.-