REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA






TRIBUNAL 1° DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO,
OBISPO JUAN RAMOS DE LORAY CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA

El Vigía, 17 de abril de 2.013.-
202º y 154°

Vistas las actas que conforman el presente expediente, se observa que se interpuso la presente acción por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, por la ciudadana CARMEN ALICIA VILLAMIZAR, contra el ciudadano AUGUSTO ANNEL VELASCO CASTELLANO. Que en fecha 16 de abril de 2012, se admitió y se le anotó su entrada bajo el Nº 2387-12 y mediante decisión dictada por este Tribunal en fecha 11 de junio de 2012, este Tribunal declaró extinguido el proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 354 del Código de Procedimiento Civil, produciéndose los efectos del artículo 271 ejusdem.
Mediante auto de fecha 18 de junio de 2012, este Tribunal declaró firme la referida sentencia, por cuanto las partes no ejercieron el recurso de apelación en contra de la misma.
Ahora bien, se observa que las partes solicitaron desglose de documentación que fue consignada en original y las mismas le fueron devueltas tal como se evidencia de autos, así como también de copia fotostáticas certificadas de actuaciones del expediente.
En consecuencia, analizadas como han sido las actas procesales de este expediente, que se indicaron anteriormente, este Juzgado ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, al no haber otra actividad procesal que practicarse y dada la naturaleza de la sentencia emitida, se declara terminado este procedimiento y se ordena el archivo del presente expediente el cual será remitido al Archivo Judicial Regional, extensión El Vigía, para su custodia, una vez quede firme la presente decisión.
DADO, SELLADO, FIRMADO Y REFRENDADO EN LA SALA DEL JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. EL VIGIA, diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2013). AÑOS: 202° DE LA INDEPENDENCIA Y 154º DE LA FEDERACION.
LA JUEZ,


ABG. CARMEN ELENA RINCON
LA SECRETARIA,


ABG. DAIREE J. MARIN RANGEL
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria,


Abg. Daireé J. Marín R.
Exp. N° 2387-12.-
CERR/Afdem.