JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, ocho (08) de abril de dos mil trece (2013).
202º y 154º
Vista la decisión dictada por este Juzgado en fecha veinticinco (25) de marzo de dos mil trece (2013) y visto igualmente el escrito suscrito en fecha cinco (05) de abril de dos mil trece (2013), por el abogado en ejercicio DANIEL HUMBERTO SÁNCHEZ MALDONADO, a través del cual estima sus honorarios profesionales en la cantidad de SEIS MIL NOVECIENTOS BOLÍVARES (Bs. 6.900,oo), es por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley de Abogados, se ordena la INTIMACIÓN de la empresa mercantil “INMOBILIARIA 92 C.A.”, en la persona de su Directora Gerente ciudadana MARTHA LEONOR RIVERA DE RÍOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 23.721.668, domiciliada en la ciudad de Mérida, estado Mérida y civilmente hábil, para que comparezca dentro de los DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHO siguientes al que conste en autos su intimación, para que pague la cantidad estimada o ejerza el derecho de retasa, todo esto de conformidad con la doctrina establecida por la Sala de Casación Civil a través de decisión dictada en fecha veintisiete (27) de agosto de dos mil cuatro (2004), caso H. Martínez contra el Banco Industrial de Venezuela, C.A., con ponencia del Magistrado Dr. Antonio Ramírez Jiménez, siguiendo el presente procedimiento los trámites previstos en los artículos 25 y siguientes de la Ley de Abogados.
DADO, SELLADO Y FIRMADO EN LA SALA DE DESPACHO DE ESTE JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. En la Ciudad de Mérida, a los ocho (08) días del mes de abril de dos mil trece (2013). Años 202º de la Independencia y 154º de la Federación.
LA…
… JUEZ,
ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO
LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA E. ABREU D.
EN LA MISMA FECHA SE LIBRÓ BOLETA DE INTIMACIÓN A LA PARTE DEMANDADA. QUEDO ANOTADA EN EL LIBRO DIARIO BAJO EL ASIENTO Nº 01.-
SRIA.
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