EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA. Mérida, veintinueve de abril de 2013.-.
203º y 154 º
SOLICITANTE: MARIA DE LAS NIEVES FUENTES DE FLORES, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° V- 2.984.413, domiciliada en la Urbanización San Cristóbal, avenida 2 N° 85, Quinta Aldenige, Mérida estado Mérida y civilmente hábil, debidamente asistida en este acto por el abogado AGUSTÍN ULPIANO PINEDA MORENO, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V- 4.486.690, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 53.448 y jurídicamente hábil.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITUD Nº 00013.
CAPÍTULO I
DE LA NARRATIVA
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, interpuesta por la ciudadana MARÍA DE LAS NIEVES FUENTES DE FLORES, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° V- 2.984.413, domiciliada en la Urbanización San Cristóbal, avenida 2 N° 85, Quinta Aldenige, Mérida estado Mérida y civilmente hábil, asistida en este acto por el abogado AGUSTIN ULPIANO PINEDA MORENO , venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V- 4.486.690, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 53.448 y jurídicamente hábil, en virtud de la cual requiere a este Juzgado se declare en JUSTIFICATIVO PARA PERPETUA MEMORIA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de nuestro común causante ALFREDO ENRIQUE FLORES VARELA, quien falleció en la ciudad de Mérida en fecha veinticinco (25) de Enero de dos mil trece (2.013). a la solicitante MARÍA DE LAS NIEVES FUENTES DE FLORES y sus hijos DEBORA ALICIA DE LA CONCEPCIÓN FLORES FUENTES, ALFREDO ENRIQUE FLORES FUENTES, GIANNCARLO FRANCOIS FLORES FUENTES y MARIE GERALDINE FLORES FUENTES. En consecuencia deja como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a sus hijos DEBORA ALICIA DE LA CONCEPCIÓN FLORES FUENTES, ALFREDO ENRIQUE FLORES FUENTES, GIANNCARLO FRANCOIS FLORES FUENTES y MARIE GERALDINE FLORES FUENTES y a su esposa MARÍA DE LAS NIEVES FUENTES DE FLORES quien solicita a este Juzgado se realice la respectiva declaratoria.
Visto igualmente los recaudos acompañados a la presente solicitud, consistentes en:
A)- Copia certificada del Acta de Matrimonio del ciudadano ALFREDO ENRIQUE FLORES VARELA y MARÍA DE LAS NIEVES FUENTES DE FLORES, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario del Municipio Baruta del estado Bolivariano de Miranda, que corre inserta bajo el N° 271, folio 305, tomo 1, de los libros de Matrimonio de fecha veintiocho (28) de noviembre de 1964. (folios 04 al 06 de las presentes actuaciones)
B)- Copia certificada del Acta de defunción del ciudadano ALFREDO ENRIQUE FLORES VARELA, expedida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Domingo Peña del Municipio Libertador del estado Mérida, inserta bajo el Nº112, correspondiente al año 2.013, (folio 07 y 08 ).
C)- Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana DEBORA DE LA CONCEPCIÓN FLORES FUENTES, expedida por la oficina de Registro Principal del Distrito Capital, inserta bajo el Nº 144, folio 218, año 1966 del Libro de registro Civil de Nacimientos de la parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital (folios 09 al 11 con sus vueltos).
D)- Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano ALFREDO ENRIQUE FLORES FUENTES, expedida por la oficina de Registro Principal del Distrito Capital, inserta bajo el Nº 38, folio 60, año 1967 del Libro de Registro Civil de Nacimientos de la parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital (folios 12 al 14 con sus vueltos).
E)- Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano GIANNCARLO FRANCOIS FLORES FUENTES, expedida por la oficina de Registro Principal del Distrito Capital, inserta bajo el Nº 999, folio 01, Sup (R), año 1969 del Libro de Registro Civil de Nacimientos de la parroquia El Recreo del Municipio Libertador del Distrito Capital (folios 15 y 16).
F)- Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de MARIE GERALDINE FLORES FUENTES, expedida por la oficina de Registro Principal del Distrito Capital, inserta bajo el Nº 352, folio 177, año 1973 del Libro de Registro Civil de Nacimientos de la parroquia El Recreo del Municipio Libertador del Distrito Capital (folios 17 y 18 con su vuelto).
G)- Copia simple de las cédulas de identidad de su legítima esposa MARÍA DE LAS NIEVES FUENTES DE FLORES y de sus hijos ciudadanos: DEBORA DE LA CONCEPCIÓN FLORES FUENTES, GIANNCARLO FRANCOIS FLORES FUENTES, MARIE GERALDINE FLORES FUENTES, (folios 19 y 20).
H)- Declaración de testigos, de los ciudadanos: FRANCICO TUCCI GONZÁLEZ y GARCIELA FORERO DE ROSAS quienes fueron presentados por la parte solicitante ante este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con competencia ordinaria, y evacuados en fecha veintitrés de abril de dos mil trece, inserta a los folios 23-24 de estas actuaciones.
Esta juzgadora al encontrar que la anterior solicitud no ha sido objetada ni ha tenido oposición de ninguna naturaleza y por cuanto estima suficientes en Derecho las actuaciones y recaudos acompañados, así como las declaraciones de los testigos presentados ante este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON COMPETENCIA ORDINARA y evacuados el veintitrés de abril de dos mil trece en atención y consideración a las razones ya expuestas es por lo que este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, considera SUFICIENTES y BASTANTES las presentes actuaciones para declararlas de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del derecho que les asiste a los ciudadanos MARÍA DE LAS NIEVES FUENTES DE FLORES DEBORA ALICIA DE LA CONCEPCIÓN FLORES FUENTES, ALFREDO ENRIQUE FLORES FUENTES, GIANNCARLO FRANCOIS FLORES FUENTES y MARIE GERALDINE FLORES FUENTES, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ALFREDO ENRIQUE FLORES VARELA, dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas. DADO, SELLADO, FIRMADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE DESPACHO DE ESTE JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA. En la Ciudad de Mérida, a los veintinueve (29) días del mes de abril de dos mil trece. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
LA JUEZA
ABG. MIREYA FLORES FLORES.
EL SECRETARIO
ABG. JESÚS QUINTERO.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las tres de la tarde, quedando asentada en el diario y se dejó copia certificada de esta sentencia por secretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil .-
EL SECRETARIO
ABG. JESÚS QUINTERO
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