REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Mérida, (07) de agosto de dos mil trece.
203º y 154º
Asunto Nro. 1316
SOLICITANTE: CARMEN JESUSA MOLINA SOTO, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.779.785.
BENEFICIARIA: OMITIR NOMBRE, de siete (07) años de edad.
MOTIVO: Autorización Judicial para Cobro de Beneficios.
Vista la solicitud de fecha diecinueve (19) de julio de (2013) presentada por la ciudadana: CARMEN JESUSA MOLINA SOTO, debidamente asistida por el abogado: DAVID MARTÍN DUGARTE, en su carácter de Defensor Público Tercero de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Estado Mérida, actuando en nombre y representación de su hija la niña: OMITIR NOMBRE; quien solicita AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRO DE BENEFICIOS, de todo lo que le pueda corresponder a la niña de autos, dejados por su legitimo padre el causante: BALMORE ANTONIO FERNÁNDEZ ROSALES, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.808.545, quien se desempeñaba como topógrafo en la sede la Contraloría del Estado Mérida, este Tribunal le dio entrada a la solicitud junto con los recaudos acompañados, por consiguiente pasa este Tribunal a decidir.-------------------------------------------------------------------------------------
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL SOLICITADA, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código Civil en concordancia con el Artículo 177, Parágrafo cuarto, literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. “Se deja a salvo los derechos de terceros” Resuelve: Autorizar suficientemente a la ciudadana: CARMEN JESUSA MOLINA SOTO, para que pueda tramitar y cobrar las cantidades de dinero del cual la niña: OMITIR NOMBRE es beneficiaria. El Tribunal exhorta a la Institución antes mencionada pagar los beneficios que le pueda corresponder y a elaborar Cheque de Gerencia por la cuota parte, a nombre del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, y remitirlos a este Despacho, para lo cual el Tribunal autoriza la entrega del mismo a la ciudadana CARMEN JESUSA MOLINA SOTO, en su carácter de madre de la niña: OMITIR NOMBRE a objeto de que los consigne por ante este despacho, en un plazo no mayor de treinta (30) días después de realizada la operación. Entréguese por Secretaria copia debidamente certificada de la presente decisión a la parte interesada a los fines legales pertinentes. CÚMPLASE.-----------------------------------------------------------------------------
Regístrese y Publíquese.-------------------------------------------------------------
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la ciudad de Mérida, a los siete (07) días del mes de agosto de dos mil trece (2013).
LA JUEZA
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
EL SRIO
Exp. Nº 1316
Cherald.-
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