REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 06 de Agosto de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-O-2013-000020
ASUNTO : LP01-O-2013-000020

ACTA DE INHIBICIÓN

En el día de hoy martes seis de agosto del año dos mil trece (06/08/2013), comparecieron por ante la Secretaría de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, el ABG. ERNESTO JOSE CASTILLO SOTO y el ABG. ALFREDO TREJO GUERERRO, en su condición de Jueces de esta Alzada quienes expusieron: “Revisadas como han sido las presentes actuaciones observamos que la causa versa sobre el asunto Principal signado con la nomenclatura LP01-P-2011-005308, en el cual conocimos al fondo de dicho asunto en el recurso LP01-R-2013-000104 cuya apelación de autos fue declarada sin lugar en fecha 09/07/2013, la cual versaba sobre el decaimiento de la medida privativa de libertad impuesta por el Tribunal Primero en funciones de Control de ésta sede judicial; razón por la cual lo procedente en el presente caso es plantear nuestra INHIBICIÓN, conforme a lo establecido en los artículos 89 encabezamiento, numeral 7° y 90 ambos del Código Orgánico Procesal Penal; y solicitamos que la misma sea declarada CON LUGAR, por estar fundada en causa legal y se convoquen a los Jueces Suplente respectivos, todo ello, por aplicación a lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial”. Es todo. Terminó y conforme firma.

LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES


ABG. ERNESTO JOSE CASTILLO SOTO


ABG. ALFREDO TREJO GUERRERO

LA SECRETARIA,


ABG. MIREYA QUINTERO

ECS/Mireya/mónica