REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA
Mérida, 23 de agosto de 2013
ASUNTO PRINCIPAL: LJ01-P-2013-000026
ASUNTO : LJ01-P-2013-000026
El 06 de agosto de 2013, quedó definitivamente firme la medida de seguridad impuesta al ciudadano: OSCAR EDUARDO RIVAS RIVAS, venezolano, natural de Mérida, nacido en fecha 20/03/1994, de 19 años de edad, estado civil soltero, herrero, titular de la cédula de identidad N° V-24.349.741, domiciliado en Sector La Ranchería, San Benito calle principal casa Nº 14 Mérida Estado Mérida; por ello, el tribunal procede a ejecutar la sentencia con los fundamentos de derecho que seguidamente se establece:
Antecedentes
El 01 de julio de 2013, el Tribunal de Control N° 06 del Estado Mérida, decreta una Medida de Seguridad al ciudadano: OSCAR EDUARDO RIVAS RIVAS (antes identificado), a los fines de DESINTOXICACION e REINSERCION SOCIAL por el lapso de UN (1) AÑO, en la institución José Félix Ribas.
Motivación para decidir
En relación a la medida de seguridad, se observa que en la parte dispositiva de la sentencia, se designó la Fundación José Félix Ribas, para suministrar el tratamiento de Desintoxicación por el lapso de un (01) año de conformidad con los artículos 130 y 131 la Ley Orgánica de Drogas.
Decisión
Por todo lo expuesto, este tribunal de Primera Instancia Penal Ordinario en funciones de Ejecución N° 01, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Ejecuta la MEDIDA DE SEGURIDAD, impuesta al ciudadano: OSCAR EDUARDO RIVAS RIVAS, consistente en someterse a un tratamiento de Desintoxicación, por el lapso de un (01) año, en la Fundación José Félix Ribas.
SEGUNDO: Citar al ciudadano: OSCAR EDUARDO RIVAS RIVAS, para el día _____________, a las ________, para imponerlo de la decisión, entréguesele copias certificadas de este auto de ejecución de medida de seguridad. Envíese oficio a la Fundación José Feliz Ribas para informarlos sobre lo señalado en esta decisión. Certifíquese por secretaría copia de este auto. Cúmplase.
EL JUEZ,
ABG. JOSÉ GERARDO PÉREZ RODRIGUEZ
LA SECRETARIA
ABG. YOLY SOSA
Se emitieron boletas Nº ___________,___________,___________. Sria.