REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, siete (07) de agosto de dos mil trece (2013).
203° y 154°
Visto el convenimiento suscrito entre las partes ciudadanos CARLOS REYES ANAYA, titular de la Cédula de Identidad Nº E.- 81.409.035, asistido por el Abogado VINICIO ROJAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 8.006.082, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.174, parte demandante, y el ciudadano GERSON RAMIREZ, titular de la Cédula de identidad Nº V.-9.122.986, asistido por el Abogado ERICK SANCHEZ FALKENHAGEN, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 627.841, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.061, parte demandada, en fecha veintisiete (27) de septiembre de dos mil doce (2012), y que corre inserto a los folios seis (06) su vuelto y siete (07), del Cuaderno de Embargo, realizado por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Adres Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Este Tribunal HOMOLOGA el mismo, impartiéndole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Una vez quede firme la presente decisión se ordenará el archivo del expediente. Se ordena agregar el recibo de intimación y orden de comparecencia librado a la parte demandada. CUMPLASE.-
JUEZA TEMPORAL
AB. ADA JESSICA OQUENDO BRICEÑO
SECRETARIA
AB. LOURDES C. HERNANDEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
SRIA.
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