JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA; CONFORME A RESOLUCIÓN Nº 2013-0006, DEL T.S.J. Mérida, Catorce (14) de Agosto del año dos mil trece (2.013).

203º y 154 º
SOLICITANTE (s): ROSALES CONTRERAS SAMUEL DARIO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V- 696.934, de este domicilio y jurídicamente hábil, actuando en su propio nombre y representación de su cónyuge: CARMEN ROSA GUERRERO DE GONZALEZ titular de cédula de identidad N° V- 2.121.049, respectivamente; asistidos por la Abogada: MHAGALBY MHARGIT INFANTE MONTILLA, titular de cedula de identidad N° V-10.264.961, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.901.
CAUSANTE: EDWIN DARIO ROSALES GUERRERO.
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SUH Nº 0067-2013.
CAPÍTULO I
PARTE NARRATIVA
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, interpuesta por el Ciudadano: SAMUEL DARIO ROSALES CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V- 696.934, de este domicilio y jurídicamente hábil, actuando en su propio nombre y representación de la Ciudadana: CARMEN ROSA GUERRERO DE ROSALES, titular de cédula de identidad N° V- 2.121.049, respectivamente; asistidos por la Abogada: MHAGALBY MHARGIT INFANTE MONTILLA titular de la cédula de identidad N° V- 10.264.961 en virtud de la cual requiere a este Tribunal le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante, quien falleció en el Estado Mérida, Municipio Cardenal Quintero del Estado Mérida, en fecha Primero (201) de febrero del año dos mil trece (2013). Visto igualmente los recaudos acompañados a la presente solicitud, consistentes en: PRIMERO: Copia del acta de matrimonio entre los solicitantes; de fecha 1969, emitido por el Distrito Andrés Bello del Estado Mérida. SEGUNDO: Copia del acta de Defunción del ciudadano: EDWIN DARIO ROSALES GUERRERO, inserta bajo el N° 139, de fecha 02 de febrero de 2013, expedida por la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del estado Mérida. TERCERO: Copia del acta de nacimiento correspondiente al ciudadano EDWING DARIO ROSALES GUERRERO, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Montalbán, Distrito Campo Elías, inserta bajo el N° 171, del año 1977. CUARTO: declaración de los testigos presentados por la parte interesada en este Juzgado en fecha 09 de Agosto del 2013, María Escalona, Domingo Stea, y María Liendo.
CAPÍTULO II

PARTE MOTIVA

Ahora bien, esta Juzgadora al encontrar que la anterior Solicitud no ha sido objetada en forma alguna, ni ha tenido oposición de ninguna naturaleza, y por cuanto estima suficientes y bastantes en Derecho, las actuaciones y recaudos que acompañan la referida Solicitud; es por lo que es forzoso para esta juzgadora, acordarle el carácter que alegan los solicitantes: De Únicos y Universales Herederos de EDWING DARIO ROSALES GUERRERO. Y ASÍ SE DECLARA.

CAPÍTULO III

PARTE DISPOSITIVA

Por las consideraciones ya expuestas, este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA CON COMPETENCIA ORDINARIA; CONFORME A RESOLUCIÓN N° 2013-0006 DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES y BASTANTES, las presentes actuaciones para Declararlas con fundamento en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del Derecho que le asiste a los Ciudadanos: SAMUEL DARIO ROSALES CONTRERAS y CARMEN ROSA GUERRERO DE ROSALES, con el carácter de Padres, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante EDWING DARIO ROSALES GUERRERO, dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas. DADO, SELLADO Y FIRMADO EN LA SALA DE DESPACHO DE ESTE JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA; CONFORME A RESOLUCIÓN N° 2.013-0006, DE FECHA 20/02/2013 DEL TSJ. En la Ciudad de Mérida, hoy a los Catorce (14) días del mes de Agosto del año dos mil trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.



LA JUEZ TITULAR,
ABG. IRIA BRACHO DE SUÁREZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. YELITZA SÁNCHEZ C.