REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Extensión El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución.
El Vigía, diecisiete (17) de Diciembre de Dos Mil trece (2013).
203º y 154º
ASUNTO: CP-DP-2013-2770
CELEBRACIÓN DE LA FASE DE MEDIACIÓN
DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, martes diecisiete (17) de Diciembre de 2013, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en fase de mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Contencioso de Fijación del Régimen de Convivencia Familiar; se anunció el acto a las puertas del Tribunal hizo acto de presencia el ciudadano ANHYLIER JOSÉ RODRÍGUEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 24.552.422, parte demandante en la presente causa, igualmente, compareció al acto la ciudadana JOHADANNY LISSET MENDEZ DAVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 24.551.957, se encuentra presente la Defensora Pública Primera Encargada Abg. OLGA ESCALONA. Dirige y preside el acto la Jueza Primera de Mediación y Sustanciación Abg. Alix Milena Márquez Jaimes, y como Secretario el Abg. Arturo José Canales Gutiérrez. Se declara abierta la audiencia, se le concede la palabra al ciudadano ANHYLIER JOSÉ RODRÍGUEZ ROJAS, quien expuso:”Estoy pidiendo que el régimen de convivencia sea los fines de semana porque yo trabajo y estudio, por ello solicito que se fije de la siguiente manera: ”buscar a la niña en el domicilio de la madre los días sábados a las diez de la mañana y retornarla los días domingos a las cinco de la tarde cada quince días, además pido que entre semana pueda compartir con mi hija cuando tenga algún día libre en mi trabajo y que sea de diez de la mañana a cinco de la tarde previa comunicación telefónica o por mensajes con la madre, y con respecto a las vacaciones de navidad, carnaval, semana santa y escolares, solicito que sean compartidas entre ambos padres de manera equitativa y alternativa, el veinticuatro de diciembre de este año conmigo, buscándola a las dos de la tarde y retornándola el veinticinco de diciembre a las tres de la tarde, y que la madre comparta con ella el treinta y uno, buscándola yo el primero de enero y retornándola a las cinco de la tarde del mismo día, y todo lo demás tal y como lo señale en el escrito de demanda, excepto en cuanto al tiempo de mis vacaciones de trabajo de las cuales compartiré con mi hija ocho días, siempre y cuando me las aprueben en una fecha distinta a las vacaciones escolares”. Inmediatamente, se le concedió el derecho de palabra a la ciudadana JOHADANNY LISSET MENDEZ DAVILA, quien expuso: “Esta bien, estoy de acuerdo yo me niega que él comparta con la niña, le pido que no la mime mucho y que me avise si se enferma”. Finalmente se le concedió el derecho de palabra a la Defensora Pública Primera Encargada Abg. OLGA ESCALONA. quien expuso: “Visto que las partes han convenido en fijar el régimen de convivencia familiar, y por cuanto no es contraria a derecho ni al orden público solicito respetuosamente a la ciudadana Juez se homologue el presente acuerdo”. Visto el convenimiento al que llegaron las partes, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA el presente convenimiento, a tenor de lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo, termino, se leyó y conformen firman.------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA PROVISORIO
ABG. ALIX MILENA MÁRQUEZ JAIMES
ANHYLIER JOSÉ RODRÍGUEZ ROJAS
LA PARTE DEMANDANTE
JOHADANNY LISSET MENDEZ DAVILA
PARTE DEMANDADA
ABG. OLGA ESCALONA
DEFENSORA PÚBLICA PRIMERA ENCARGADA
EL SECRETARIO
ABG. ARTURO JOSÉ CANALES GUTIÉRREZ.
Exp. Nº CP-DP-2013-2770
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