REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, diecisiete de diciembre de dos mil trece.
203º y 154º
Por cuanto el día 13 de diciembre de 2013, según se evidencia en Acta Nº 128 del Libro de Actas llevado por este Juzgado, previo cumplimiento de las formalidades legales, se me hizo la entrega y tomé posesión como Jueza Temporal de este Tribunal para cubrir la falta del Juez Titular, por designación de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en reunión de fecha 18 de noviembre de 2.013, en virtud del reposo que le fue prescrito al Juez Titular ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO, desde el día 14 de noviembre de 2.013, y sus vacaciones correspondientes al período 2.012-2.013, me aboco al conocimiento de la presente causa. Ahora bien, revisadas como han sido las actas procesales este Tribunal observa que el proceso se encuentra en fase de informes, razón por la cual como quiera que en el presente caso ocurre la incorporación de una nueva Jueza a la causa, y no encontrándose paralizado el proceso, a los fines de salvaguardar el derecho que les asiste tanto para allanar, si ha habido inhibición, o de recusar, por tener motivo fundado en causa legal, este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, concede a las partes un plazo de tres (3) días de despacho, contados a partir del día siguiente al de hoy, para el ejercicio de tales recursos, con la advertencia que dicho lapso corre en forma simultánea y paralela con el que está pendiente en el proceso pues no interrumpe el curso de la causa, con la salvedad específica de que, aún cuando ambos lapsos transcurren paralelamente, no se sentenciará hasta tanto transcurran los tres días a que hace referencia el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil a los fines de salvaguardar el derecho que asiste a las partes de interponer recusación. Así se decide.
LA JUEZA TEMPORAL,
Abog. MILAGROS FUENMAYOR GALLO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
MHFG/SQQ/yp.-
Exp. 10.546.-
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, diecisiete de diciembre de dos mil trece.
203º y 154º
A los fines de verificar el vencimiento del lapso de evacuación de pruebas en el presente juicio, efectúese por Secretaría Cómputo de los días de despacho transcurridos en este Tribunal, desde el día 25 de septiembre de 2013, exclusive, fecha ésta en que fueron providenciadas las pruebas promovidas por la parte actora, hasta el día de hoy, 17 de diciembre de 2013, inclusive. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,
Abog. MILAGROS FUENMAYOR GALLO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
LA SUSCRITA SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en atención al auto que antecede, pasa a efectuar el cómputo ordenado y a tal efecto, CERTIFICA: Que revisado tanto el Libro Diario como el almanaque judicial llevados por este Tribunal durante el presente año [2013] se pudo constatar que, desde el día 25 de septiembre de 2013, exclusive, hasta el día de hoy, 17 de diciembre de 2013, inclusive, transcurrieron en este Juzgado TREINTA Y UN (31) DIAS DE DESPACHO. Conste, en Mérida a los diecisiete días del mes de diciembre de dos mil trece.
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
MHFG/SQQ/yp.-
Exp. 10.546.-
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, diecisiete de diciembre de dos mil trece.
203º y 154º
Como quiera que del computo que antecede se puede constatar que ha transcurrido íntegramente el lapso de evacuación de pruebas, previsto en el encabezamiento del artículo 400 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 511 de la citada norma adjetival, fija el DECIMOQUINTO (15°) DIA DE DESPACHO, siguiente al día de hoy, para que las partes en el presente juicio, presenten sus correspondiente informes por escrito, en cualquiera de las horas señaladas en la tablilla del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,
Abog. MILAGROS FUENMAYOR GALLO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
MHFG/SQQ/yp.-
Exp. 10.546.-