REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 09 de Enero de 2013
201º y 153º
Expediente Nro. 05923
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ELIZETH NOHEMY ZERPA DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.400.566.
DEMANDADA: ciudadano MAYER JAVIER DIAZ SOSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.700.486.
MOTIVO: FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, Miércoles 09/01/2013, presente los ciudadanos: ELIZETH NOHEMY ZERPA DE DIAZ y MAYER JAVIER DIAZ SOSA, las partes de mutuo y común acuerdo en esta audiencia manifiestan al tribunal que si bien es cierto que en la actualidad tienen un Medida de Protección a favor de la ciudadana ELIZETH NOHEMY ZERPA DE DIAZ, en materia de Violencia de Genero; Y es por lo que acuerdan en este acto que el padre a través de la abuela paterna buscará en el hogar de la madre a los niños, e igualmente la abuela paterna lo retornara al hogar de la madre. Informándole el padre vía telefónica con un día de anticipación a la ciudadana ELIZETH NOHEMY ZERPA DE DIAZ, el día que la abuela paterna los buscará; manteniéndose con esto un régimen abierto solo con esta limitante ya que, el padre (LABORA EN EL ESTADO MIRANDA). Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa con el cierre y archivo del expediente. El Tribunal HOMOLOGA el acuerdo antes indicado se acuerda el cierre y archivo del expediente antes mencionado. CUMPLASE
LA JUEZ
Abg. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA
Abg. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ