JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, once de enero del año dos mil trece.

202° y 153°

Vista la diligencia de fecha 14 de noviembre de 2012 (folio 159), suscrita por la profesional del derecho MARÍA AUXILIADORA ZAMBRANO ARAQUE, en su carácter de coapoderado judicial de la parte demandada apelante en el presente juicio, ciudadana ZULAY COROMOTO MANRIQUE ALZURO, mediante la cual desiste del “ANUNCIO DEL RECURSO DE CASACIÓN” (sic) que interpusiera contra la sentencia del 24 de octubre de 2012, dictada por este Tribunal, y por cuanto de la copia fotostática certificada del instrumento poder que obra a los folios 168 al 170, se evidencia que a dicha abogada, de conformidad con el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, su mandante le confirió facultad expresa para desistir; y en atención a que el presente proceso versa sobre derechos disponibles, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado dicho desistimiento, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia, remítase el presente expediente al Tribunal de origen una vez que quede firme la presente decisión y expídase por Secretaría para su archivo, copia certificada de la misma. Y así se decide.

El Juez,

José Rafael Centeno Quintero


La Secretaria Temporal,

Yosanny Cristina Dávila Ochoa



JRCQ/rcdd

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, once de enero de dos mil trece.

202° y 153°

Certifíquese por Secretaría copia de la decisión anterior, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 112 eiusdem, debiéndose insertar al pie de la misma el contenido del presente decreto.-
El Juez,

José Rafael Centeno Quintero


La Secretaria Temporal,

Yosanny Cristina Dávila Ochoa

En la misma fecha se expidió la copia ordenada.

La Secretaria Temporal,

Yosanny Cristina Dávila Ochoa


Exp. 02941
JRCQ/rcdd