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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
 Mérida, trece (13) de febrero de dos mil trece (2013)
 202º y 153º
 
 ASUNTO: LP21-L-2012-000542
 
 
 
 HOMOLOGACIÓN DE  TRANSACCIÓN
 
 PARTE ACTORA:
 JOSE NEPTALY UZCATEGUI RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.920.982,  de este domicilio.
 ABOGADO ASISTENTE  DE LA PARTE ACTORA:
 MIGUEL ANGEL VALERO LA CRUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 133.522
 PARTE DEMANDADA:
 EGARD ALEXIS ESCALANTE SERRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.718.756
 ABOGADO ASISTENTE DE LAPARTE DEMANDADA:
 PABLO DE JESUS VALERO QUINTERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 72.281
 MOTIVO:
 Cobro de  Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
 
 
 Vista la diligencia  de fecha seis (06) de febrero de dos mil trece (2.013), que corre agregada al folio 24 del presente expediente, debidamente suscrita por el ciudadano JOSE NEPTALY UZCATEGUI RAMIREZ, con el carácter de parte demandante debidamente asistido del Abg. PABLO VALERO y el ciudadano EDGAR ALEXIS ESCALANTE, asistido del MIGUEL ANGEL VALERO LA CRUZ, con el carácter de parte demandada, mediante la cual manifiestan que celebraron una transacción y acordó la parte demandada pagar la cantidad de TRES MIL SETECIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (3.700,00) al trabajador JOSE NEPTALY UZCATEGUI RAMIREZ, a los fines de dar por terminado el presente juicio  y cuyo pago se hizo en el mismo acto mediante cheque de gerencia  Nº  00004977  contra la entidad bancaria Banco Bicentenario, siendo aceptado por el trabajador JOSE NEPTALY UZCATEGUI RAMIREZ la propuesta realizada  por la parte demandada, en tal sentido ambas partes solicitaron  de común acuerdo la homologación de la transacción.
 Este TRIBUNAL SEGUNDO  DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN  TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda conforme a lo solicitado, en consecuencia, homologa el acuerdo de las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 1713 del Código Civil y 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras  y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada
 Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los trece (13) días del mes de febrero de dos mil trece (2.013).-
 LA JUEZ TITULAR,
 
 ABG. YAJAIRA ROJAS DE RAMIREZ
 
 
 
 LA SECRETARIA,
 
 
 ABG. MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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