REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA
EPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
202º y 153º
Expediente Nro. 06322
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ZAIRA JOSEFINA MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.350.600.
DEMANDADO: BENAJMIN MOLINA MARQUEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-8.026.344.
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, lunes 25/02/2013, presentes los ciudadanos ZAIRA JOSEFINA MOLINA y BENAJMIN MOLINA MARQUEZ, llegaron al presente convenimiento relacionado con la obligación de manutención en beneficio de los adolescentes y niño OMITIR NOMBRES, en los siguientes términos: El padre ciudadano BENJAMIN MOLINA MARQUEZ, pagará por obligación de manutención la cantidad MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,00), mensuales con fecha de pago los 5 primeros días de cada mes, en cuanto a los Bonos Especiales se fija en la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) para el mes de OCTUBRE y la cantidad de DOS MIL BOÍIVARES (Bs. 2.000,00), para el mes de Diciembre, así mismo dichas cantidades sufrirán un aumento del 20% anual. El padre se obliga a comunicarle a la madre los beneficios del seguro donde están incluidos los adolescentes y niño de autos, asimismo en cuanto a los gastos médicos, que no estén incluidos en el referido seguro serán cubiertos por ambos padres en un 50%. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos ZAIRA JOSEFINA MOLINA y BENAJMIN MOLINA MARQUEZ, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. --------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ