REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE VIGIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA SEDE EL VIGÍA.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN.
El Vigía, 20 de Febrero de 2013
202º y 154º
Vista el acta de fecha treinta (30) de enero de dos mil trece (2013), la cual riela a los folios ciento uno (101) y ciento dos (102) del presente expediente, comparecieron las ciudadanas ELSA TULIA FUENMAYOR NAVA y YUSMARY CAROLINA LEDEZMA FUENMAYOR, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-9.026.686 y V.-14.41.181 respectivamente, relacionado con los adolescentes y la niña: (OMITIR NOMBRES), de quince (15), catorce (14) y once (11) años de edad respectivamente; se abrió el acto previa las formalidades de ley, tomo el derecho de palabra la ciudadana: ELSA TULIA FUENMAYOR NAVA, quien manifestó: que deja constancia que el adolescente (OMITIR NOMBRE), ya no se encuentra con ella, en este momento se encuentra viviendo con la mamá desde que comenzó el año escolar y lo ve los fines de semana, solo esta a cargo de sus nietos: (OMITIR NOMBRES). Se le concedió el derecho de palabra a la ciudadana: YUSMARY CAROLINA LEDEZMA FUENMAYOR, quien manifestó: que deja constancia que su hijo: (OMITIR NOMBRE), esta viviendo con ella en la finca donde ella vive, desde la segunda semana del mes de agosto, esta estudiando primer año en 4 esquinas, ella como la madre asume toda la responsabilidad que le corresponde, su hijo se esta portando bien, sus otros dos hijos: (OMITIR NOMBRES), si viven con su mamá. Visto lo expuesto por las partes. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, REVOCA LA COLOCACIÓN FAMILIAR Y REPRESENTACION LEGAL, en cuanto al adolescente: (OMITIR NOMBRE), de catorce (14) años de edad, en el hogar de la abuela materna ciudadana: ELSA TULIA FUENMAYOR NAVA; dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, Sala de Juicio El Vigía, en fecha dieciséis de marzo de dos mil siete (16-03-2007), todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 131 de La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quien se encuentra bajo los cuidados de su madre biológica ciudadana: YUSMARY CAROLINA LEDEZMA FUENMAYOR, plenamente identificadas en autos. Manteniéndose y ratificando la medida en los términos establecidos en la sentencia dictada en fecha dieciséis de marzo de dos mil siete (16-03-2007), por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, Sala de Juicio El Vigía, con respecto al adolescente y la niña: (OMITIR NOMBRES), de quince (15) y once (11) años de edad respectivamente, quienes continuarán bajo los cuidados de la abuela materna ciudadana: ELSA TULIA FUENMAYOR NAVA, antes identificada. CÚMPLASE.----
LA JUEZA PROVISORIO
ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. MARÍA FABIOLA CHACÓN ORTIZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sria
Exp. Nº 2141
AMMJ/mpdeb.