REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Extensión El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución.
El Vigía, veintidós (22) de Febrero de Dos Mil trece (2013).
202º y 153 º
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, viernes veintidós (22) de Febrero de 2013, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en fase de mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Contencioso de Fijación del Régimen de convivencia Familiar; se anunció el acto a las puertas del Tribunal, se deja constancia que hizo acto de presencia la parte demandante ciudadano MACHADO EDDAR LEONARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 11.221.503. Asimismo, se deja constancia que estuvo presente la parte demandada ciudadana JESSICA ANDREINA ARDILA BLANQUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.028.217. Igualmente se deja constancia que estuvo presente la Fiscal Undécima del Ministerio público Abg. RITA VELAZCO URIBE. Dirige y preside el acto la Jueza Primera de Mediación y Sustanciación Abg. Alix Milena Márquez Jaimes, y como Secretaria la Abg. María Fabiola Chacón Ortiz. Se le concedió el derecho de palabra al ciudadano MACHADO EDDAR LEONARDO, quien expuso:“Solicito tener a mi hija una vez al mes buscándola el viernes a las cinco de la tarde y devolviéndola el domingo a las ocho de la noche, quiero dejar constancia que llevaré a la niña a la ciudad de Maracaibo en algunas ocasiones. En cuanto a las vacaciones serían intercaladas, empezaron en Carnaval con la mamá, semana santa la pasará conmigo, el día del padre conmigo y el día de la madre con la mamá, las vacaciones de Agosto la primera mitad de las vacaciones la niña las pasará con la mamá y la segunda mitad de las vacaciones las pasará conmigo; El cumpleaños de la niña que es el día 187 de Noviembre lo compartirá un año con la mamá y un año conmigo. En el mes de Diciembre cuando culminen las clases, en esa semana la buscaré y estará conmigo y la retornaré el día 28 de diciembre y pasará el 31 de diciembre”. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la ciudadana JESSICA ANDREINA ARDILA BLANQUIZ, quien expuso:””. Visto el convenimiento al que llegaron las partes, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA el presente convenimiento, a tenor de lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo, termino, se leyó y conformen firman.---
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. ALIX MILENA MÁRQUEZ JAIMES
ABG. RITA VELAZCO URIBE
FISCAL UNDÉCIMA DEL MINITERIO PÚBLICO
LA SECRETARIA
ABG. MARÍA FABIOLA CHACÓN ORTÍZ.
Exp. Nº JMS-0312-11
AJCG.-
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