REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2012-011197
ASUNTO : LP11-P-2012-011197
EJECÚTESE DE SENTENCIA
(ENTREGA DE OBJETOS)
Definitivamente firme como ha quedado decisión donde se acordó el sobreseimiento de la causa, dictado por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 04 de este Circuito Judicial penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía de fecha 12-12-12, inserta a los folios 145 al 148, a favor de las ciudadanas: YORBELIS KARINA CASTRO, venezolana, natural de Tovar, estado Mérida, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.848.351, estado civil soltero, de profesión u oficio asistente de tienda, grado de instrucción bachiller, nacida en fecha 02-08-90, hija de Luís Enrique Castro (v) y Nancy Coromoto Sosa de Castro (v), residenciada en Mesa de Las Palmas, sector San Felipe, casa sin número, teléfono 0275-9899802; y KELLY ANDREA CHAVEZ YEPEZ dijo ser venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.608.576, estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante de contaduría, nacida en fecha 03-12-93, hija de Luz Magaly Yepez Omaña (v) y Leudan Chavez Nava(v), residenciada en Mucujepe, calle 8, entre avenidas 3 y 4, cerca del ambulatorio, no posee teléfono, por la comisión del delito de de ESTAFA, previsto y sancionado en el articulo 462 del Código Penal, en perjuicio de la Empresa TRAKI, de conformidad al artículo 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal; y recibido como ha sido por esta Instancia Judicial el presente asunto penal, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el EJECÚTESE de la sentencia y en consecuencia se ORDENA la mercancía descrita en: 1.- EXPERTICIA DE RECONCOMIENTO LEGAL N° 9700-230-AT-0588 (folios 17 vuelto y 18) y 2.- EXPERTICIA DE RECONCOMIENTO LEGAL N° 9700-230-AT-0589 (folios 19 y vuelto) a las ciudadanas KELLY ANDREA CHAVEZ YEPEZ y YORBELYS CASTRO, antes identificadas. En tal sentido se ordena librar el correspondiente oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Vigía del Estado Mérida, a los fines de que procedan a la entrega, indicando que queda obligado el Jefe de esa institución a enviar a este despacho Judicial, las resultas de la diligencia encomendada, a la brevedad posible, so pena de incurrir en desacato, para darle el finiquito correspondiente a la presente causa y enviarla al archivo judicial. Notifíquese a la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida y a las ciudadanas YORBELIS KARINA CASTRO y KELLY ANDREA CHAVEZ YEPEZ. Ofíciese lo conducente al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación El Vigía. ASI SE DECIDE.
EL JUEZ TEMPORAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION
ABG. PEDRO ANTONIO MONSALVE PAREDES
EL SECRETARIO:
ABG.