REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 15 de julio de 2013
203º y 154º
Expediente Nro. 06422
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: LIZ SANDRA HENRIQUEZ CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.352.697.
DEMANDADO: EDGAR DANIEL RAMOS PALACIOS, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-11.264.669.
MOTIVO: REVISION POR AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, lunes 15/07/2013, presentes los ciudadanos LIZ SANDRA HENRIQUEZ CARRERO y EDGAR DANIEL RAMOS PALACIOS, llegaron al presente convenimiento relacionado con el aumento de la obligación de manutención en beneficio del adolescente y niño OMITIR NOMBRES, de 11 y 17 años de edad, en los siguientes términos: El padre ciudadano EDGAR DANIEL RAMOS PALACIOS, aumenta la obligación de manutención a la cantidad MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00), mensuales, en cuanto a los Bonos Especiales escolar y navideño, el de Septiembre lo fija en la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00), adicional a la cantidad que por beneficio recibe los hijos de los funcionarios adscritos a la Guardia Nacional y en Diciembre fija el bono en la cantidad de CUATRO MIL BOÍIVARES (Bs. 4.000,00), cantidades que serán descontadas de la nomina del referido ciudadano que en este acto autoriza sean descontadas por ante el Instituto de Previsión Social Fuerza Armada Nacional Bolivariana IPSFA, ubicado en la Avenida Los Próceres, Edificio Sede del IPSFA, planta baja, Distrito Capital, Caracas, Venezuela y depositadas en la cuenta de ahorro del banco Industrial de Venezuela signada con el N° 0003-0026-86-0100142335 a nombre de la madre. Así mismo el ciudadano EDGAR DANIEL RAMOS PALACIOS, hace extensiva la obligación de manutención en beneficio del adolescente OMITIR NOMBRE, en atención a que alcanza su mayoría de edad en el mes de septiembre y se encuentra actualmente estudiando. Dichas cantidades sufrirán un aumento anual del 15%. Los gastos extraordinarios serán compartidos en un 50% por cada uno de los progenitores. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos LIZ SANDRA HENRIQUEZ CARRERO y EDGAR DANIEL RAMOS PALACIOS, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. ------------------------------------------------------------------
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ
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