REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 23 de julio de 2013
203º y 154º
Expediente Nro. 07399
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: RENNY HUMBERTO DAVILA GRANADOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.864.145.
DEMANDADA: LILIANA ALTUVE ROA, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-15.694.574.
MOTIVO: FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, martes 23/07/2013, presentes los ciudadanos RENNY HUMBERTO DAVILA GRANADOS y LILIANA ALTUVE ROA, llegaron al presente convenimiento relacionado con la fijación de Régimen de Convivencia Familiar en beneficio de los niños OMITIR NOMBRES, de 01 años de edad, en los siguientes términos: El padre, ciudadano RENNY HUMBERTO DAVILA GRANADOS, buscara a sus hijos OMITIR NOMBRES, de 18 meses de edad. los días sábados cada quince días en el hogar de la madre a las 9:00am debiendo retornarlos el día domingo a las 5:00pm. En la época escolar, el padre compartirá con sus hijos a partir del año 2014, de forma progresiva, comenzando con ocho (08) días continuos hasta llegar al 50% del tiempo de vacaciones escolares. En navidad el padre compartirá a partir de este año, desde el 24 de diciembre retornándolo el día 26 y el año siguiente compartirá desde el 31 de diciembre hasta el 03 de enero, y así de forma alterna cada año. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos RENNY HUMBERTO DAVILA GRANADOS y LILIANA ALTUVE ROA, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. ------------------------------------------------------------------
LA JUEZ

ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABOG. JESUS ARAQUE