REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 9 de julio de 2013
203º y 154º
Expediente Nro. 07434
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: YESENIA NAZARETH MARQUINA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.804.131.
DEMANDADO: WUILMER ORLANDO RODRIGUEZ UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-14.400.830.
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, martes 907/2013, presentes los ciudadanos YESENIA NAZARETH MARQUINA PEREZ y WUILMER ORLANDO RODRIGUEZ UZCATEGUI, llegaron al presente convenimiento relacionado con la fijación de la obligación de manutención en beneficio del niño OMITIR NOMBRES, de 10 años de edad, en los siguientes términos: El padre ciudadano WUILMER ORLANDO RODRIGUEZ UZCATEGUI, fija por obligación de manutención la cantidad SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,00), mensuales que serán cancelados en dos cuotas quincenales, es decir TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,00), en cuanto a los Bonos Especiales se fija en la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) pagadero en el mes de agosto y la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00), para el mes de Diciembre, así mismo dichas cantidades sufrirán un aumento proporcional al aumento que perciba el obligado como Docente dependiente del Ministerio del Poder Popular para la Educación, cada vez que se incremente. Estas cantidades serán depositadas en la cuenta de ahorro del Banco Mercantil Nº 01050092360092317421, a nombre de la madre. Los gastos extraordinarios serán compartidos en un 50% por cada uno de los progenitores, al igual que los gastos médicos, medicinas que no sean cubiertos por la póliza de seguro que disfruta el niño por el beneficio otorgado por el Ministerio de Educación. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos YESENIA NAZARETH MARQUINA PEREZ y WUILMER ORLANDO RODRIGUEZ UZCATEGUI, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. --------------------------------
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ
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