REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 17 de julio de 2013

203º y 154º

Expediente Nro. 07718
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

DEMANDANTE: EDDY COROMOTO MENDEZ MARQUEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N°V-8.024.235
DEMANDADO: JOSE DOMINGO MELANDRI PIRELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.815.127.
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS ESPECIALES
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

El día de hoy, Miércoles 17/07/2013, presente los ciudadanos: EDDY COROMOTO MENDEZ MARQUEZ y JOSE DOMINGO MELANDRI PIRELA, quienes manifestaron fijar de mutuo acuerdo la obligación de manutención a favor de su hija, OMITIR NOMBRE, en los siguientes términos: El padre se compromete a cancelar la obligación de manutención en la cantidad de MIL CIEN BOLIVARES MENSUALES (Bs.1.100,00) pagaderos quincenalmente en la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.550,00). Igualmente cancelara un bono escolar para el mes de agosto por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.2.500,00) comprometiéndose el padre a comprar los uniformes escolares por esa cantidad y la madre se compromete a comprar los útiles escolares y el próximo año viceversa y para el mes de diciembre en la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.2.500,00). Con un incremento anual del 20% anual. Con respecto a los medicamentos y gastos extraordinarios serán cubiertos por cada uno de los progenitores en un 50%. Dichas cantidades serán pagaderas directamente depositados en la cuenta corriente N° 01080372140100007790 del Banco Provincial a nombre de la ciudadana EDDY COROMOTO MENDEZ MARQUEZ. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa con el cierre y archivo del expediente. CUMPLASE

LA JUEZ

Abg. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA

ABG ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ.
Zulay