REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, diez de julio de dos mil trece.-

203° y 154°

Como quiera que del cómputo que antecede se puede constatar que el recurso de apelación formulado en fecha 08 de julio de 2013 (ver folio 869) por los abogados en ejercicio ALBERTO JOSÉ NAVA PACHECO, OSCAR FRANCISCO GUERRERO MORALES y DAYANA PAREDES PAREDES, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano SIMÓN ALBERTO HERNÁNDEZ MORÁN, parte agraviada en el presente juicio, contra la sentencia definitiva, dictada por este Tribunal en fecha 03 de julio de 2013 (folios del 828 al 867), fue ejercido dentro del lapso legal, este Tribunal de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y la doctrina vinculante sentada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 1° de febrero de 2000, (caso Mejía-Sánchez, expediente N° 00-0010), admite la apelación interpuesta en un solo efecto, a cuyo fin, y por la naturaleza del referido fallo apelado, no es susceptible de ejecución, se acuerda remitir original del presente expediente al Tribunal Superior Distribuidor en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, con competencia en Amparo Constitucional, a objeto de que aquél de los dos Tribunales Superiores al que corresponda por efecto del sorteo reglamentario, conozca y decida de la apelación que se le defiere. Désele salida al expediente en el Libro de Causas y remítase mediante oficio.

EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO



LA SECRETARIA TITULAR,

SULAY QUINTERO QUINTERO

En la misma fecha se ordenó remitir original expediente al Juzgado Superior Distribuidor en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo oficio Nº 391-2.013, en tres (3) piezas, constante de 872 folios útiles, un cuaderno de mandamiento de ejecución en 33 folios y un cuaderno de medida innominada en 94 folios. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

ACZ/SQQ/lvpr.-