REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, tres de julio de dos mil trece.


203° y 154°


Estando dentro del lapso legal en el presente juicio, agréguese a los autos de conformidad con el artículo 107 del Código de Procedimiento Civil, el escrito presentado en fecha 28 de junio de 2013 [constante de dos (02) folios y dos (02) anexos en tres (03) folios], suscrito por el abogado en ejercicio JULIO ALVIDES ROJAS PEÑA, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano DIOGENES RIVAS HERNÁNDEZ, mediante el cual promovió pruebas dentro del lapso de promoción de pruebas, ante la Secretaría de este Juzgado. Cúmplase. Igualmente, este Tribunal deja constancia expresa, que no se agregan pruebas de la parte demandada, por cuanto la misma no promovió prueba alguna, ni por sí, ni por medio de su apoderada judicial.
EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

En la misma fecha se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado por la parte DEMANDADA. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,

Abg. SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.
Exp. 10.498.-