JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Veintinueve de Julio de Dos Mil Trece.
203º y 154º

EXPEDIENTE Nro. 7541

SOLICITANTE: LUDI ESPERANZA MONCADA DE ACERO
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO EN SU CONTENIDO Y FIRMA.

Por cuanto este Tribunal observa que los Actos de Reconocimiento de fecha 25 de julio de 2013, correspondiente a las ciudadanas ELVIA LACRUZ DE RIVAS y MARIA PETRA LACRUZ ANDRADE, plenamente identificadas en autos, que rielan a los folios 40 y 41 en la presente solicitud, las mismas al leérsele y ponérsele a la vista el documento privado de fecha 10 de julio de 2013, inserto al folio dos (2) y vuelto de la presente solicitud, referente a la venta de un inmueble (casa) , expusieron, que reconocen en todas y cada una de sus partes el contenido del documento privado e igualmente la firma que aparece estampada al pie del documento privado de venta, es por lo que el Tribunal de conformidad a lo establecido en el artículo 1.364 del Código Civil en concordancia con el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, Declara: RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO, que obra al folio Dos (2,) y vuelto, descrito anteriormente en la presente solicitud, salvo las acciones y excepciones que correspondan de conformidad con el artículo 1.367 del Código Civil. Y ASI SE DECIDE.

LA JUEZ:


DRA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA

LA SECRETARIA:

ABG. SUSANA PARRA CALDERON.