REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, veintinueve (29) de julio de dos mil trece (2.013).-

203° y 154º

Vista la diligencia de fecha veinticinco (25) de julio de 2.013, suscrita por la abogada OLIVIA MOLINA MOLINA, en su carácter acreditado en autos y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario de la sentencia dictada por este tribunal en fecha veintitrés de abril de dos mil doce (2.012) y decretada firme en fecha diez (10) de julio de dos mil trece (2.013), se ordena librar MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN a cualquier tribunal competente de la República de conformidad con el artículo 892 del Código de Procedimiento Civil vigente y se ordena a la parte demandada hacer efectiva entrega a la parte actora del inmueble, a saber el local comercial distinguido como LF-5, ubicado en el modulo “C”, Nivel Feria, que forma parte integrante del Centro Comercial Mérida Plaza Mayor, ubicado en la Avenida Las Américas, Urbanización El Parque, Municipio Libertador del estado Mérida , libre de personas, animales, muebles y cosas.
Líbrese el correspondiente Mandamiento de Ejecución.
LA JUEZ

ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO
LA SECRETARIA

ABG. MARÍA E. ABREU D.