En horas de Despacho del día de hoy, viernes (12) de Julio del año dos mil trece (2013), siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30am), oportunidad fijada por este tribunal, para que tenga lugar el acto de comparecencia del Ciudadano TEOFILO DUGARTE RIVAS de la cédula de identidad Nº V.- 669.853, se abrió el acto previo el pregón de Ley dado por la Alguacil a las puertas del Despacho y no habiendo comparecido la mencionada Ciudadana, a pesar de haber sido legalmente citado. En Consecuencia este Tribunal Declara RECONOCIDO de conformidad con el último aparte del artículo 444 del Código de Procedimiento Civil; el Documento Privado de Venta de unas mejoras consistentes en un sembradío de café y árboles frutales, fomentados sobre parcela de Terrenos Nacionales, ubicado en el Sector del Conscripto Militar, en la vía que conduce a San Jacinto, Jurisdicción de la Parroquia Jacinto Plaza, Municipio Libertador del Estado Mérida, por la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (30.000,00), suscrito por el prenombrado Ciudadano en su carácter de vendedor y el Ciudadano: CARLOS EDUARDO SANCHEZ CONTRERAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.604.058, en su condición de comprador; dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas. Dicho documento privado fue suscrito en fecha díez (10) de mayo del año dos mil Díez (2.010), el cual corre inserto al folio dos (2) de las presentes actuaciones. Es todo, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TITULAR,
ABG. IRIA BRACHO DE SUÁREZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. YELITZA SÁNCHEZ CALDERÓN
IBdS/ysc/ca.-
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