JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA; CONFORME A RESOLUCIÓN Nº 2013-0006, DEL T.S.J. Mérida, dieciséis (16) de Julio del año dos mil Trece (2.013).
203º y 154 º
SOLICITANTE: HAYDEE CAROLINA JAIMES GARCIA, venezolana, mayor de edad, soltera, Odontólogo, titular de la cédula de Identidad N° V-12.779.915, de este domicilio y civilmente hábil, asistida en este acto por la Abogada en ejercicio MONICA ARAUJO LOPEZ., titular de la cédula de Identidad 11.959.383, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 70.178, de este domicilio y jurídicamente hábil.
CAUSANTE: JOSE PAULINO JAIMES ARAQUE.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SUH Nº 0051-2013.
CAPÍTULO I
DE LA NARRATIVA
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones (folios 1 y 2), interpuesta por la Ciudadana: HAYDEE CAROLINA JAIMES GARCIA, venezolana, mayor de edad, soltera, Odontólogo, titular de la cédula de Identidad N° V-12.779.915, de este domicilio y civilmente hábil, actuando con el carácter de hija del Causante JOSE PAULINO JAIMES ARAQUE, asistida en este acto por la Abogada en ejercicio MONICA ARAUJO LOPEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V-11.959.383, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 70.178, de este domicilio y jurídicamente hábil, en virtud de la cual requiere a este Tribunal se les declare a élla HAYDEE CAROLINA JAIMES GARCIA, y a los Ciudadanos: HIRMA JAIME DURAN, CARLOS ALBERTO JAIMES GARCIA, OSCAR ENRIQUE JAIMES GARCIA, JESUS PAULINO JAIMES GARCIA, OSWALDO JAIMES GARCIA, JOSE SILVANO JAIMES GARCIA, DALI CARMEN JAIMES GARCIA Y BENITO JAIMES DURAN, portadores de las cédulas de identidad Nros. V- 12.779.915 8.036.015, 10.102.517, 11.463.363, 11.960.023, 12.779.914, 15.754.759, 16.664.987 y 9.956.542 en su orden, con el carácter de hijos del Causante, y a MARÍA DE JESUS GARCIA DE JAIMES, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.447.076, quien fue su esposa, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante JOSE PAULINO JAIMES ARAQUE, quien falleció en la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida en fecha catorce (14) de Abril del año dos mil trece (2013). Visto igualmente los recaudos acompañados a la presente solicitud, consistentes en: PRIMERO: Copia fotostática certificada del Acta de Defunción del Ciudadano JOSE PAULINO JAIMES ARAQUE, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida, inserta bajo el N° 455, correspondiente al mes de abril del año 2.013. (Folios 3 y 4). SEGUNDO: Copia fotostática certificada del Acta de Matrimonio de los Ciudadanos: JOSE PAULINO JAIMES ARAQUE y MARÍA DE JESUS GARCIA DE JAIMES, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del Estado Mérida, inserta bajo el N° 206 correspondiente al año mil novecientos ochenta y cinco (1.985). (Folio 5). TERCERO: Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana HIRMA JAIME GARCIA, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida anotada en el Libro de Duplicado que fue llevado por la Prefectura Civil del Municipio Mora Distrito Tovar del Estado Mérida bajo el N° 514, del Año 1958. (Folio 7 y 8). CUARTO: Copia certificada de la Partida de Nacimiento del Ciudadano CARLOS ALBERTO JAIMES GARCIA, expedida por el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, inserta al folio N° 850, bajo el N° 2849, correspondiente al Año 1970. (Folio 10). QUINTO: Copia certificada de la Partida de Nacimiento del Ciudadano OSCAR ENRIQUE JAIMES GARCIA, expedida por el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, inserta al folio N° 69, bajo el N° 690 correspondiente al Año 1972. (Folio 11). SEXTO: Copia certificada de la Partida de Nacimiento del Ciudadano JESUS PAULINO JAIMES GARCIA, expedida por el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, inserta en el folio N° 275, bajo el N° 2754 correspondiente al Año 1974. (Folio 12). SÉPTIMO: Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana HAYDEÉ CAROLINA JAIMES GARCIA, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Milla, Municipio Libertador del Estado Mérida, inserta en el folio N° 199, bajo el N° 789, correspondiente al Año 1976. (Folio 13). OCTAVO: Copia certificada de la Partida de Nacimiento del Ciudadano OSWALDO JAIMES GARCIA, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Milla, Municipio Libertador del Estado Mérida, inserta al folio N° 151, bajo el N° 148 correspondiente al Año 1978. (Folio 14). NOVENO: Copia certificada de la Partida de Nacimiento del Ciudadano JOSE SILVANO JAIMES GARCIA, expedida por el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, inserta al folio N° 395, bajo el N° 774, correspondiente al Año 1980. (Folio 15). DÉCIMO: Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana DELI CARMEN JAIMES GARCIA, expedida por la Prefectura Civil de la Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, inserta al folio N° 247, bajo el N° 245, correspondiente al Año 1983. (Folio 16). UNDÉCIMO: Copia certificada de la Partida de Nacimiento del Ciudadano BENITO JAIMES DURAN, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida anotada en el Libro de Duplicado de la Prefectura Civil del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, bajo el N° 480, correspondiente al Año 1961. (Folio 17). DUODÉCIMO: Copia fotostática del la cédula de Identidad del Ciudadano: OSWALDO JAIMES GARCIA. (Folio 22). DÉCIMO TERCERO: Copia fotostática de la cédula de identidad del Ciudadano: BENITO JAIMES DURAN. (Folio 23). DÉCIMO CUARTO: Copias fotostáticas de las cédulas de identidad de los Ciudadanos: JOSE PAULINO JAIMES ARAQUE, CARLOS ALBERTO JAIMES GARCIA, JESUS PAULINO JAIMES GARCIA, DALI CARMEN JAIMES GARCIA, HAYDEE CAROLINA JAIMES GARCIA, OSCAR ENRIQUE JAIMES GARCIA Y JOSE SILVANO JAIMES GARCIA. (Folio 25). DECIMO QUINTO: Copia fotostática de la cédula de Identidad de la Ciudadana: MARIA DE JESUS GARCIA DE JAIMES (folio 26). DECIMO SEXTO: Copia fotostática de la cédula de Identidad de la Ciudadana: HIRMA JAIME DURAN (folio 27).
CAPÍTULO II
PARTE MOTIVA
Ahora bien, esta Juzgadora al encontrar que la anterior Solicitud no ha sido objetada en forma alguna, ni ha tenido oposición de ninguna naturaleza, y por cuanto estima suficientes y bastantes en Derecho, las actuaciones y recaudos acompañados, que coinciden entre sí y con las declaraciones de los testigos evacuados: PEDRO ROMERO y PEDRO JOSÉ ROMERO MONCADA, por ante este Despacho, quienes fueron contestes en sus dichos; es por lo que es forzoso para esta juzgadora, acordarles el carácter que alega la solicitante: De Únicos y Universales Herederos de JOSE PAULINO JAIMES ARAQUE. Y ASÍ SE DECLARA.
CAPÍTULO III
PARTE DISPOSITIVA
Por las consideraciones ya expuestas, este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA CON COMPETENCIA ORDINARIA; CONFORME A RESOLUCIÓN N° 2013-0006 DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES y BASTANTES, las presentes actuaciones para Declararlas con fundamento en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del Derecho que les asiste a los Ciudadanos: MARÍA DE JESUS GARCIA DE JAIMES, con el carácter de viuda, y a sus hijos: HAYDEE CAROLINA JAIMES GARCIA, HIRMA JAIME DURAN, CARLOS ALBERTO JAIMES GARCIA, OSCAR ENRIQUE JAIMES GARCIA, JESUS PAULINO JAIMES GARCIA, OSWALDO JAIMES GARCIA, JOSE SILVANO JAIMES GARCIA, DALI CARMEN JAIMES GARCIA Y BENITO JAIMES DURAN, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Causante JOSE PAULINO JAIMES ARAQUE, dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas. Se le hace saber a las partes solicitantes que tienen a su disposición el lapso señalado en el único aparte del artículo 252 y el 288 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, a los efectos legales requeridos. Déjese copia certificada de la presente Decisión para el copiador de sentencias respectivo. DADO, SELLADO Y FIRMADO EN LA SALA DE DESPACHO DE ESTE JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA; CONFORME A RESOLUCIÓN N° 2.013-0006, DE FECHA 20/02/2013 DEL TSJ. En la Ciudad de Mérida, hoy dieciséis (16) del mes de Julio del año dos mil Trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,
ABG. IRIA BRACHO DE SUÁREZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. YELITZA SÁNCHEZ C.
En la misma fecha se copió y publicó, siendo las 03:15 de la Tarde. Quedando su asiento en el libro diario bajo el Nº (___). Conste.-
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG YELITZA SÁNCHEZ C.
IBdeS/ysc/aq.
|