En el día de hoy miércoles tres (03) de Julio del año dos mil trece, siendo las diez y treinta minutos de la mañana, y habilitado como ha sido el Tribunal por el tiempo necesario para la práctica de la presente Inspección Judicial Vehicular, se trasladó y constituyó previa solicitud de la parte actora en el Instituto de Transporte y Transito Terrestre N° 62, Sector Vuelta de Lola, del Estado Mérida; con la finalidad de realizar la Inspección Judicial Vehicular sobre el vehículo con las siguientes características: MARCA: CHEVROLET; MODELO: C-10; CLASE: CAMIONETA; TIPO: PICK UP; USO: CARGA; COLOR: ROJO; AÑO: 1980; SERIAL DE CARROCERIA: CCD14AV206734; SERIAL DEL MOTOR: CAV206734; PLACA: 245MBL, tal como se evidencia del Certificado de Registro de Vehículo Nº 23529325, emanado del Instituto Nacional de Transporte y Tránsito Terrestre del Ministerio de Infraestructura de la República Bolivariana de Venezuela, de fecha 07 de mayo de 2004; solicitada por el Ciudadano: FERMÍN ULISES MORENO PEÑA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V- 3.767.385, asistido por la Abogada: SILVIA KARINA MORENO MALDONADO, con cédula de identidad N° V- 15.516.592, Inpreabogado N° 118.616, quienes se encuentran presentes. Seguidamente el Tribunal procede a juramentar al practico asignado por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, Cuerpo Técnico de Vigilancia de Transporte Terrestre, Distinguido TT, Ciudadano: EDGAR ALEXANDER RIVAS GARCÍA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V- 16.200.588, credencial Nº 9256 acto seguido da lectura a los particulares contenidos en la presente solicitud, instando al práctico Ciudadano: EDGAR ALEXANDER RIVAS GARCÍA, que deje constancia de los siguientes particulares: Al Particular PRIMERO: Dejar constancia de la identificación completa del vehículo de mi propiedad, mediante la comparación con su respectivo documento. Con respecto a este particular, expuso: “Coinciden los datos de identificación con los documentos consignados presentados en original en este acto”. SEGUNDO: Que se deje constancia en el área de la identificación completa de todos los seriales de dicho vehículo y del estado y condiciones en que se encuentran los mismos. De igual modo deje constancia del cambio del número del serial del motor por adquisición efectuada en fecha 06 de febrero de adquisición de motor a Mercantil MOTO C.A., venta de motores y partes importación. Cuyo RIF es J-30138732-5 y número de control facturado 003126, según se evidencia de la factura que presente en su original para su vista y devolución, dejando en su lugar copia simple previa certificación, marcada con la letra “B” para dejar constancia del cambio de motor y en consecuencia del número del serial del mismo es VO93OTPA. En cuanto a este particular expuso: “Además presenta cambio de motor anexándose la factura con el número del RIF J-30138732-5, factura que pertenece a la importadora MERCANTIL MOTO C.A.” TERCERO: Que el Tribunal deje constancia que en el área correspondiente al serial que está ubicado específicamente al lado de la cerradura de la puerta izquierda del vehículo y/o frente al volante se nota que la placa o chapa identificadora del serial no se encuentra por haber sido extraviada en años anteriores y con otros dueños, se presume que sea consecuencia de trabajos de latonería producto de un choque sufrido por el vehículo. Al respecto expuso; ““Presenta reparación del chasis afectando los últimos tres dígitos del serial del mismo, logrando visualizarse los mismos, presentando el siguiente alfa numérico en troquel en bajo relieve CCD14AV206734. Chapa serial de carrocería ubicada en tablero lateral izquierdo de forma rectangular, la cual presenta alfa numérico en bajo relieve, se encuentra desprovista del mismo”. CUARTO: Que el Tribunal deje constancia que el resto de los seriales del vehículo están en perfecto estado y todos coinciden con los documentos de propiedad y la factura presentada. Informó, que solo respecto a la placa de la parte de atrás del vehículo está extraviada, el resto de los seriales coinciden con los documentos del vehículo y la factura presentada. Este Tribunal deja constancia que fueron presentados los originales del Certificado de Registro de Vehículo y de la Factura. El Tribunal recibe del práctico nombrado la impronta que fueron tomados en este acto al vehículo objeto de la presente Inspección Judicial, el cual se Acuerda agregar constante de un (01) folio útil a la presente solicitud en este mismo acto. El Tribunal deja constancia que la presente Inspección Judicial se realizó en su presencia, y que el solicitante presentó en este acto todos los recaudos en original, así mismo cumplida como ha sido la presente Inspección Vehicular Acuerda, devolver en original sus actuaciones al solicitante, dejando en su lugar copia fosfática certificada de todas sus actuaciones para el archivo del Tribunal. Se deja constancia de que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales y por estas actuaciones no se recaudó arancel judicial alguno dada la gratuidad de la justicia Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las (10:50 a.m.). LA JUEZA TITULAR (fdo), ABG. IRIA BRACHO DE SUÁREZ, firma ilegible. El Solicitante (fdo), FERMIN ULISES MORENO PEÑA, firma ilegible. ABOGADO ASISTENTE (fdo) ABG. SILVIA KARINA MORENO M., firma ilegible. El Funcionario (fdo) EDGAR ALEXANDER RIVAS GARCÍA, firma ilegible. LA SECRETARIA TEMPORAL (fdo), ABG. YELITZA SÁNCHEZ CALDERÓN, firma ilegible.
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