REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RANGEL Y CARDENAL QUINTERO
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RANGEL Y CARDENAL QUINTERO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- SANTO DOMINGO, DOS (02) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL TRECE (2013).-------------------------------------------------------------------------------------------------
203º Y 154º
Vencido como se encuentra el lapso legal, para que la parte accionante abogado ROSALÍA VALERO DE DURAN, titular de la cédula de identidad número V.- 4.485.005, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado (Inpreabogado) bajo matricula número 44.709, en su condición de Endosataria en Procuración de la ciudadana MARIA ZONIA PARRA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 11.461.278, con domicilio en la ciudad de Mérida Estado Mérida, ejerciera los recursos que La Ley le otorga contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha nueve (09) de mayo del año dos mil trece (2013), la cual obra agregada a los folios 10 al folio 17 ambos inclusive, es por lo que este Tribunal DECLARA DEFINITIVAMENTE FIRME dicha decisión y por cuanto se observa que no hay más actuaciones que realizar, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, dá por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente. Y así se decide. La Juez Titular Ejecutor de Medidas. Abogada IVAL E. ROLDAN RONDON (Fdo) ilegible. Se deja constancia que se encuentra estampado en tinta el sello del Tribunal. El Secretario Titular Abg. ESEQUIEL ÁNGEL MARTÍNEZ (Fdo) ilegible.En la misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente. Conste. El Secretario Titular Abg. ESEQUIEL ÁNGEL MARTÍNEZ (Fdo) ilegible.---------------------------------------------