REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Mérida, diecisiete (17) de Junio de dos mil trece (2013).
203º y 154º
Asunto Nro. 01242

SOLICITANTES: MAYRA ALEJANDRA MARQUEZ GUERRERO Y KELSY KATHERINE GONZALEZ SALAS, venezolanas mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrosº V-15.694.410 y V-20.396.122, en su orden respectivo.

BENEFICIARIOS: OMITIR NOMBRES, de cinco (05) años de edad, y seis (06) años de edad, en su orden respectivo.

MOTIVO: Autorización Judicial para Cobro de Beneficios.

Vista la solicitud de fecha (07) de Junio del año (2013), presentada por las ciudadanas MAYRA ALEJANDRA MARQUEZ GUERRERO Y KELSY KATHERINE GONZALEZ SALAS, identificadas en autos, debidamente asistidas por la abogada en ejercicio ZENAIDA ZAMORA GOMEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 111.951, actuando con el carácter de madres y representantes legales de los niños, OMITIR NOMBRES, de cinco (05) años de edad, y seis (06) años de edad, en su orden respectivo, quienes solicitan AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRO DE BENEFICIOS, relacionados con PRESTACIONES SOCIALES, LA ENTREGA Y FINIQUITO DE LA CUENTA DE AHORRO DEL BANCO DEL SUR (AHORRO HABITACIONAL Y OTROS), POLIZA DE VIDA, MONTE PIO, CAJA DE AHORRO, FIDEICOMISO, SEGURO SOCIAL, PENSION DE SOBREVIVIENTE, (SI FUERA EL CASO), PRIMA POR ANTIGÜEDAD; Así como cualquier otro beneficio de la cuota parte que les pudieran corresponder a los niños de autos, dejados por su legítimo padre el causante ANTONIO DAVID TORO UZCATEGUI, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad No. V-16.655.768, quien para el momento de su fallecimiento laboraba en la Fundación de la Misión de Identidad Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), en la Población de Tovar Estado Mérida. Correspondiéndole por asignación a este órgano subjetivo el conocimiento del asunto, por lo que en fecha (12) de Junio de dos mil trece (2013), este Tribunal le dio entrada a la solicitud junto con los recaudos acompañados, por consiguiente pasa este Tribunal a decidir.----------------------------------
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL SOLICITADA, para el COBRO DE BENEFICIOS relacionados con PRESTACIONES SOCIALES, LA ENTREGA Y FINIQUITO DE LA CUENTA DE AHORRO DEL BANCO DEL SUR (AHORRO HABITACIONAL Y OTROS), POLIZA DE VIDA, MONTE PIO, CAJA DE AHORRO, FIDEICOMISO, SEGURO SOCIAL, PENSION DE SOBREVIVIENTE, (SI FUERA EL CASO), PRIMA POR ANTIGÜEDAD, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código Civil en concordancia con el Artículo 177, Parágrafo cuarto, literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. “Se deja a salvo los derechos de terceros” Resuelve: Autorizar suficientemente a las ciudadanas MAYRA ALEJANDRA MARQUEZ GUERRERO, en su carácter de madre y representante legal del niño OMITIR NOMBRES de cinco (05) años de edad, y la ciudadana KELSY KATHERINE GONZALEZ SALAS, en su carácter de madre y representante legal del niño OMITIR NOMBRES, de seis (06) años de edad, para que puedan tramitar y cobrar cantidades de dinero del cual los niños de autos antes descritos son beneficiarios. El Tribunal exhorta a las Instituciones antes mencionada a pagar los beneficios que le pueda corresponder y a elaborar Cheques de Gerencia por la cuota parte, a nombre del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, y remitirlos a este Despacho, para lo cual el Tribunal autoriza la entrega del mismo a las ciudadanas MAYRA ALEJANDRA MARQUEZ GUERRERO Y KELSY KATHERINE GONZALEZ SALAS, plenamente identificadas; a objeto de que los consigne por ante este despacho, en un plazo no mayor de treinta (30) días después de realizada la operación. Entréguese por Secretaria copia debidamente certificada de la presente decisión a la parte interesada a los fines legales pertinentes. CÚMPLASE.----------------
Regístrese y Publíquese.----------------------------------------------------------------------------------
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la ciudad de Mérida, a los (17) días del mes de Junio de dos mil trece (2013).

LA JUEZA

ABOG. DOANA RIVERA HERRERA


EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
SCRIO.
Ngr/01242