REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 18 de junio de 2013
203º y 154º
Expediente Nro. 07539
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: MARIA TERESA MARQUINA UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.533.912.
DEMANDADO: ROBERT ALEXANDER AROCHA MERCADO, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-15.700.248.
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, martes 18/06/2013, presentes los ciudadanos MARIA TERESA MARQUINA UZCATEGUI y ROBERT ALEXANDER AROCHA MERCADO, llegaron al presente convenimiento relacionado con la fijación de la obligación de manutención en beneficio de los niños OMITIR NOMBRES, de 10 y 8 años de edad, en los siguientes términos: El padre, ciudadano ROBERT ALEXANDER AROCHA MERCADO, fija la obligación de manutención en la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00), mensuales. Así mismo se fijan dos (2) Bonos especiales, uno en el mes de agosto por la cantidad de MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.300,00) pagaderos en dos cuotas, cada una de seiscientos cincuenta bolívares (Bs.650,00) el 15 de agosto y el 15 de septiembre y en el mes de Diciembre en la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00). El obligado manifiesta su voluntad de que los montos mensuales y el bono navideño, sean descontados de su cuenta nómina que posee por ser trabajador de la empresa FREE WAYS, donde se desempeña como técnico en montaje electromecánico. Cantidades que serán depositadas en la cuenta ahorros Nº 01050747200747010935 del banco Mercantil a nombre de la madre. En cuanto a los gastos extraordinarios médicos, serán compartidos por ambos padres en un cincuenta por ciento (50%) cada uno. Estas cantidades tendrán un aumento anual de un 10% anual. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos MARIA TERESA MARQUINA UZCATEGUI y ROBERT ALEXANDER AROCHA MERCADO, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. ----------------------------------------
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ
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