REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 19 de junio de 2013
203º y 154º
Expediente Nro. 07370
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ANA VERONICA GARCIA CARMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.958.577.
DEMANDADO: DANIEL ALBERTO ABREU MALDONADO, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-15.296.773.
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, miércoles 19/06/2013, presentes la apoderada judicial de la demandante, ciudadana ANA VERONICA GARCIA CARMONA, abogado LEYDI DAYALI SERRANO CUBEROS y el ciudadano DANIEL ALBERTO ABREU MALDONADO, llegaron al presente convenimiento relacionado con la fijación de la obligación de manutención en beneficio del niño OMITIR NOMBRE, de 1 años de edad, en los siguientes términos: El padre ciudadano DANIEL ALBERTO ABREU MALDONADO, pagará por obligación de manutención la cantidad de MIL SETENCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.700,00), mensuales, pagaderos los 15 y 30 de cada mes. Se deja constancia que la obligación mensual incluye las consultas pediátricas. En cuanto a los Bonos Especiales se fija en la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) para el 15 agosto y la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOÍIVARES (Bs. 2.500,00), para el 15 de Diciembre, así mismo dichas cantidades sufrirán un aumento del 15% anual. Asimismo en cuanto a los gastos médicos serán cubiertos por ambos padres en un 50%. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total convenido, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. ----------------------------------------
LA JUEZ

ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ