REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
201º y 153º
Expediente Nro. 07440
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: MARITZA DEL CARMEN QUINTERO PAREDES, venezolana, titular de la cédula de identidad N°V-8.042.766
DEMANDADO: JOSE BERNAL ROJAS MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.049.642.
MOTIVO: FIJACION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS ESPECIALES
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, miércoles 05/06/2013, presente los ciudadanos : MARITZA DEL CARMEN QUINTERO PAREDES y JOSE BERNAL ROJAS MORENO, quienes manifestaron querer establecer de mutuo acuerdo la FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS a favor del niño OMITIR NOMBRE de diez (10) años de edad, en los siguientes términos: Se establece la obligación de manutención en las siguientes condiciones: el padre fija la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs.500,00) mensuales, los cuales serán cancelados los días treinta de cada mes a partir del 30 de junio del 2013 y depositados en la cuenta de ahorro del Banco Mercantil N° 0105-0065-68-7065-02765-1, a nombre de la madre. Igualmente fija dos bonos especiales uno para el mes de agosto por la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs.1.000,00) y para el mes de diciembre por la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.1.500,00). Los cuales serán igualmente depositados en la cuenta anteriormente señalada. En cuanto a los gastos medicos serán en un 50% para cada uno de los padres. Las partes solicitan que sea homologado el presente acuerdo y el cierre del expediente. El Tribunal HOMOLOGA el acuerdo antes indicado y se acuerda el cierre del expediente antes mencionado. Es todo. CUMPLASE.

La Jueza


Abog. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA

La secretaria

Abg. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ