REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, diecisiete de junio de dos mil trece.-
203° y 154º
Vista la diligencia de fecha 13 de junio de 2.013 (folio 69), suscrita por la abogada en ejercicio MARÍA YOLANDA MORALES, en su condición de apoderada judicial de la parte actora en el presente juicio, mediante la cual solicita se proceda a nombrar defensor judicial a la co- demandada, NORIS MARGARITA ESTABA DE BELLORIN; y vencido como está el lapso de comparecencia de la co- demandada supra indicada sin que la misma se haya dado por citada en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE PROMESA BILATERAL DE COMPRA- VENTA, este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado, y ordena designarle DEFENSOR JUDICIAL a la co- demandada de autos, NORIS MARGARITA ESTABA DE BELLORIN, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° 2.867.120, de este domicilio y civilmente hábil, de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil vigente, en la persona del abogado en ejercicio DANIEL HUMBERTO SÁNCHEZ MALDONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 5.206.797, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 73.648, domiciliado en Mérida, Estado Mérida y jurídicamente hábil, a quien se ordena librar Boleta de Notificación, para que comparezca por ante el Despacho de este Tribunal, en el SEGUNDO (2°) DIA DE DESPACHO, siguiente al que conste en autos su notificación, en cualesquiera de las horas de despacho señaladas en la tablilla del Tribunal, a dar su aceptación o excusa y en el primero de los casos preste el juramento de Ley. Líbrese la Boleta de Notificación y entréguese al Alguacil de este Tribunal para que la haga efectiva.
EL JUEZ TITULAR.
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
YURAIMA PEÑA
En la misma fecha se libró la Boleta de Notificación y se le entregó al Alguacil de este Tribunal para que la haga efectiva. Conste,
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
YURAIMA PEÑA
ACZ/YP/pmv.