REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, cinco (05) de junio de dos mil trece (2.013).-
203º y 154º
Vista la diligencia de fecha veinticuatro (24) de mayo de dos mil trece (2.013), suscrita por la abogada CAROLINA GONZÁLEZ MORALES, en su carácter acreditado en autos, y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario de la sentencia dictada por este tribunal en fecha diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2.013) en el presente juicio, se acuerda librar Mandamiento de Ejecución a cualquier tribunal competente de la República de conformidad con el artículo 892 del Código de Procedimiento Civil vigente y se ordena a la parte demandada, hacer entrega formal y efectiva del inmueble constituido por un local comercial con área de sesenta y siete metros cuadrados con treinta y seis decímetros cuadrados (67,36 m2), ubicado en la planta baja del Edificio “Tulipán” situado en la esquina de la Av. Urdaneta con calle Tulipán, Municipio Libertador del estado Mérida, libre de personas, muebles y cosas. Líbrese Mandamiento de Ejecución y entréguese al interesado.
LA JUEZ,
ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA E. ABREU D.