REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, siete (07) de junio de dos mil trece (2.013).-

203º y 154º

Visto el escrito de fecha cinco (05) de junio de dos mil trece (2.013), suscrito por el ciudadano Abg. OSCAR RAMÓN SOSA ROJAS, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, mediante el cual promueve pruebas en el presente juicio y por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes SE ADMITEN cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva. En consecuencia, procédase a su evacuación, a los fines de dar cumplimiento a la prueba de informe, este tribunal acuerda oficiar a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en los términos indicados.-
LA JUEZ,

ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO

LA SECRETARIA

ABG. MARÍA E. ABREU D.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se ofició bajo el Nro.483.-



Sria.