JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA; CONFORME A RESOLUCIÓN Nº 2013-0006 DEL T.S.J. Mérida, trece (13) de Junio del año dos mil trece (2.013)
203º y 154º

Visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes: Demandante: PEÑA SULBARAN JOSÉ GREGORIO, a través de su Apoderada Judicial Abg. YRIS MARIELA OROPEZA GUILLÉN. Demandado: DÁVILA ANTONIO, asistido por el Abogado: LUIS ALFREDO MARTÍNEZ RÍOS. Motivo: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, en diligencia de fecha 12-06-2013 la cual corre inserta al folio 32 del presente expediente, revisadas como han sido los puntos que conforman el mismo, observa que esta no vulnera el orden público, ni transgrede ninguna disposición legal, y no viola el derecho a la defensa e igualdad de las partes en el debido proceso, premisas Constitucionales que son de indubitable cumplimiento para una sana y recta Administración de Justicia, tal como lo prescribe la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por consiguiente ESTE TRIBUNAL SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA; CONFORME A RESOLUCIÓN Nº 2013-0006 DEL T.S.J., de conformidad con lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO, en consecuencia, se le imparte el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente Juicio. Este Tribunal se abstiene de ARCHIVAR el presente expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento de la obligación contraída por la parte demandada.
LA JUEZA TITULAR,

ABG. IRIA BRACHO DE SUÁREZ.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. YELITZA SÁNCHEZ C.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. YELITZA SÁNCHEZ C.