En el día de hoy viernes siete (07) de Junio del año dos mil trece, siendo las diez y diez minutos de la mañana, habiendo salido el Tribunal de su sede a las diez de la mañana, y habilitado como ha sido el Tribunal por el tiempo necesario para la práctica de la presente Inspección Judicial, se trasladó y constituyó previa solicitud de la parte actora en la sede del Banco Provincial, ubicado en la Planta Baja del Centro Comercial El Viaducto, ubicado en la Avenida Alberto Carnevali, Jurisdicción del Municipio Libertador del Estado Mérida; con la finalidad de realizar la Inspección Judicial solicitada por la Ciudadana: ELSIMABEL PERNIA COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.060.401, asistida en este acto por la Abogada GLADYS ELENA CHACÓN GUITIÉRREZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.026.684, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.799, quienes se encuentran presentes. El Tribunal una vez constituido en la sede donde funciona el Banco PROVINCIAL, donde se encuentra la Cuenta de Ahorros Nº 0108-0372-13, a nombre de: ELSIMABEL PERNIA COLMENARES, objeto de la Inspección Judicial procede a notificar a la Ciudadana: ANA FELICIA PARRA RAMÍREZ, quien se identificó con su cédula de identidad Nº V- 10.719.712, quien manifestó ser la Gerente de Administración de Oficina de esa entidad bancaria. Igualmente el Tribunal deja constancia expresa de que a medida vaya realizando la presente Inspección solo hará constar en las presentes actuaciones lo que guarde relación con los particulares de la misma, así al numeral: PRIMERO: Se deje constancia si la Cuenta de ahorro, signada con el Nº 0108-0372-13 del banco provincial corresponde en titularidad a la Ciudadana ELSIMABEL PERNIA COLMENARES, TITULAR de la cédula de identidad Nº V- 3.060.401. Con respecto a este particular informó la Gerente que si pertenece a la mencionada Ciudadana y la misma fue aperturada en la oficina que se encuentra en el Centro comercial El Ramiral de esta Ciudad de Mérida. SEGUNDO: Se deje constancia si la referida cuenta de ahorros se encuentra operativa, es decir, se encuentra activa. Respondió: “si la cuenta se encuentra activa”. TERCERO: Se deje constancia de las fechas (día, mes y año) de los dos últimos depósitos realizados a esta cuenta. Respondió: “No se ve, lo que indica que desde hace tiempo no se moviliza, pues solo ha generado intereses. No ha recibido depósito, presenta para la fecha un saldo de DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS UN BOLÍVARES CON NUEVE CÉNTIMOS (Bs 18.201,09)”. Así mismo cumplida como ha sido la misma Acuerda devolver en original sus actuaciones a la solicitante, dejando en su lugar copia fotostática certificada de todas sus actuaciones, para el archivo del Tribunal. Se deja constancia que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales y por estas actuaciones no se recaudó arancel judicial alguno dada la gratuidad de la justicia Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las (10:40 a.m.). La Jueza Titular (fdo), ABG. IRIA BRACHO DE SUÁREZ, firma ilegible. La Notificada (fdo), ANA FELICIA PARRA RAMÍREZ, firma ilegible. La Solicitante (fdo), ELSIMABEL PERNIA COLMENARES, firma ilegible. Abogada Asistente (fdo), ABG. GLADYS ELENA CHACÓN U., firma ilegible. La Secretaria Temporal (fdo), ABG. YELITZA SÁNCHEZ C., firma ilegible.
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