REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
MERIDA, (18) DE MARZO DE 2013.

202º y 153 º
Asunto Nro. 07126
Visto el anterior CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION y BONOS, presentado por la ciudadana YUDY CATHERINE RIVAS, Fiscal Especial Encargada Décimo Quinto del Ministerio Publico para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Ministerio Publico, a solicitud de los ciudadanos CARLOS EDDY DE JESUS RIVERA RAMIREZ y ZULEYDY CAROLINA SANCHEZ ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-19.751.580 y V-19.593.588, respectivamente, a favor de su hijo OMITIR NOMBRE, de 03 años de edad, lo admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser el mismo contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley. En ese sentido y habiéndose revisados todos los términos expuestos en dicho convenio, lo establecen en los siguientes términos: El ciudadano CARLOS EDDY DE JESUSRIVERA RAMIREZ, propuso compartir con su hijo los días domingos durante todo el día, en cuanto a los días feriados (incluyendo carnaval y semana santa), serán compartidos igualmente de modo alternativo y en cuanto a los periodos vacacionales (escolares y navideños), serán compartidos de manera equitativa, es decir el cincuenta por ciento (50%) del tiempo respectivo. Presente la madre ZULEYDI CAROLINA SANCHEZ ZAMBRANO, manifiesto estar de acuerdo con lo manifestado por el progenitor de su hijo, prevaleciendo sus derechos e intereses y en aras de garantizarlos, en consecuencia esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, les imparte su aprobación y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el mencionado acuerdo suscrito en fecha 28 de febrero de 2013, por los ciudadanos CARLOS EDDY DE JESUS RIVERA RAMIREZ y ZULEYDY CAROLINA SANCHEZ ZAMBRANO, ut supra identificados, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídase por Secretaría copia certificada del escrito de solicitud del convenimiento suscrito por las partes y de la presente decisión. Se ordena el cierre y el archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.

LA JUEZA


ABOG. DOANA RIVERA HERRERA

EL SECRETARIO


ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ
DRH/wasc