REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
El Vigía, 18 de Marzo de 2013

202º y 154º

VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos ANA LUISA VARGAS CARRERO Y YONNY JESUS CONTRERAS MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-16.263.142 y V-14.529.239, en presencia del Defensor Público Tercero Abogado EDWUAR ORLANDO CONTRERAS, designado para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Mérida, Extensión El Vigía. Quienes conciliaron en REGLAMENTAR el RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR a favor de los niños (OMITIR NOMBRES), de nueve (09) y cuatro (04) años de edad respectivamente, de la siguiente manera: El padre buscará a los niños en la residencia de la madre, el día viernes en la tarde, retornándolos el día domingo al final de la tarde, cada quince días. Respecto a los días de asueto, es decir carnavales, semana santa, diciembre y vacaciones escolares serán de manera compartida y alterna entre ambos padres. Además los padres se comprometen a mantener las mejores relaciones y a fomentar el afecto reciproco hacia sus hijos, así como proveer los cuidados requeridos durante la tenencia de los mismo. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños (OMITIR NOMBRES), de nueve (09) y cuatro (04) años de edad respectivamente, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos: ANA LUISA VARGAS CARRERO Y YONNY JESUS CONTRERAS MENDEZ, en beneficio de los niños (OMITIR NOMBRES), de nueve (09) y cuatro (04) años de edad respectivamente, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº CP-JV-2013-2012, de Homologación Régimen De Convivencia Familiar. CÚMPLASE.--

LA JUEZA PROVISORIA


ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES

LA SECRETARIA TITULAR


ABG. MARIA FABIOLA CHACON ORTIZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Sria
Exp. Nº CP-JV-2013-2012
Ghuizap.-