REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
EL
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, veinte (20) de marzo de dos mil trece (2013).
202° y 154°
Visto el desistimiento suscrito por la Abogada DUNIA CHIRINOS LAGUNA, con el carácter acreditado en autos, en fecha quince (15) de marzo de 2013, que corre inserto al folio cuarenta y seis (46) del presente expediente, este Tribunal HOMOLOGA el mismo impartiéndole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, desglósese los folios del seis (06) al veintisiete (27) de la presente causa, dejándose en su lugar copia certificada de conformidad con los artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Insértese al pie de la misma el contenido del presente auto. Se autoriza al ciudadano JOSE FELIX VERGEL MARQUEZ, Alguacil Temporal del Despacho para la elaboración de los fotostatos para su certificación, agréguese a los autos la boleta de citación y el auto de comparecencia librados a la parte demandada. Corríjase la foliatura de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. CUMPLASE.-

JUEZA TEMPORAL
AB. ADA JESSICA OQUENDO BRICEÑO

SECRETARIA
AB. LOURDES C. EHRNANDEZ

En la misma fecha se cumplió lo ordenado en el auto anterior.

SRIA.

AJOB/jhp.-




































LA SUSCRITA SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CERTIFICA: Que la anterior copia fotostática es fiel y exacta de su original que se encuentra en el expediente Nº 1107-13 DEMANDANTE: Abogado DUNIA CHIRINOS LAGUNA, en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano JOSE ADELSO ARAQUE GARCIA. DEMANDADO: NAIM PEREZ ERIKSSON AMIN. MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO. JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIO ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. FECHA DE ENTRADA: Día: 28. Mes: ENERO. Año: 2013. Certificación que hago en el Vigía a los veinte (20) días del mes de marzo de dos mil trece (2013).-

SECRETARIA

AB. LOURDES C. HERNANDEZ