REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, veinte (20) de marzo de dos mil trece (2.013).-

202º y 154º

Visto el escrito de fecha diecinueve (19) de marzo de dos mil trece (2.013), suscrito por la Ciudadana Abg. OLIVIA MOLINA MOLINA, en su condición de apoderada judicial de la parte demandante, mediante el cual promueve pruebas en el presente juicio y por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes SE ADMITEN cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva. En consecuencia, procédase a su evacuación, a los fines de dar cumplimiento a la prueba de informe, este tribunal acuerda oficiar al Servicio Autónomo de Administración Tributaria (SAMAT) del estado Mérida, en los términos indicados, igualmente a los fines de dar cumplimiento a la prueba de INSPECCIÓN JUDICIAL solicitada, se fija las l0:30 de la mañana del CUARTO DÍA HÁBIL, siguiente al de hoy, para proceder a la práctica de la misma, para lo cual se ordena el traslado y la constitución del tribunal en el lugar indicado por el promovente.-
LA JUEZ,

ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO

LA SECRETARIA

ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se ofició bajo el Nro.222.-



Sria.