REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, (16) de mayo de Dos Mil trece.
201º y 152 º
Expediente Nro. 07571
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
SOLICITANTES: RONDON AVILA CIPRIANO y ALARCON DE RONDON MARIA ANTONIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-9.472.246 y V-12.351.417
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy Jueves 16/05/2013, se deja constancia de la incomparecencia de los ciudadanos RONDON AVILA CIPRIANO y ALARCON DE RONDON MARIA ANTONIA, a la audiencia fijada para el día de hoy. En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara Desistido el presente procedimiento divorcio 185-A, por disposición expresa del artículo 511 y 522 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
ABG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
La Secretaria
Abg. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La sria.
Zulay
.
|