REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 07 de mayo de 2013
203º y 153º
Expediente Nro. 07109
Analizadas como han sido las actas que integran el presente expediente y verificada la celebración de la audiencia preliminar en fecha 01 de abril del año en curso y diferida para el día 23 de abril del mismo año, tal como lo prevé el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento de jurisdicción voluntaria. Cumplidos así todos los términos procesales correspondientes este Tribunal Segundo de Primera de Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara medida de protección definitiva, quedando constituido el Consejo de Tutela a favor de la adolescente OMITIR NOMBRE, de 14 años de edad de la siguiente manera: MARIA JUVENCIA QUINTERO DE REINOZA Tutora, con aprobación del Consejo de Tutela, MARIA JOSEFINA REINOZA DE AVENDAÑO Protutor y ANA TERESA REINOZA QUINTERO Suplente, y el Consejo de Tutela integrado por las siguientes ciudadanas: TAHIS GREGORIA BARRIOS ARAUJO, YAMILETH DEL CARMEN PEÑA DE REINOZA, YSABEL TERESA CARRILLO DE REINOZA y GLAGYS AIDA REINOZA DE UZCATEGUI, plenamente identificadas en autos, de conformidad con lo previsto en el artículo 177 Parágrafo segundo, literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
DIARICESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. En Mérida a los 07 días del mes de mayo de 2013. Años 203º de la Independencia y 153º de la Federación.
LA JUEZA,

Abg. CONSUELO TORO DAVILA

LA SECRETARIA,

ABG. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ