REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA
Mérida, 17 de mayo de 2013
ASUNTO PRINCIPAL: LP01-P-2008-002355
ASUNTO : LP01-P-2008-002355
El 22 de mayo de 2009, el Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, condena al ciudadano: OSCAR ALONSO RAMIREZ MARQUEZ, venezolano, de 47 años de edad, soltero, agricultor, titular de la cédula de identidad N° V-8.710.286; a cumplir la pena de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de detentación Ilícita de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal; habiendo cumplido la totalidad de la pena el tribunal publica el auto de extinción de la pena con los fundamentos que seguidamente se establece:
Antecedentes
El 28 de agosto de 2009, el tribunal Acuerda la SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, como formula alternativa de cumplimiento de pena, al ciudadano OSCAR ALONSO RAMIREZ MARQUEZ, por el lapso de un (01) año.
Motivación para decidir
El 11 de abril del 2012, finaliza el régimen de prueba, ello consta al folio 177, en el INFORME CONDUCTUAL FINAL del penado OSCAR ALONSO RAMIREZ MARQUEZ, suscrito por la Abg. Wender Bastos, en su carácter de Delegado de Prueba, adscrita a la Unidad Técnica de Apoyo al Régimen Penitenciario No 01 de esta ciudad de Mérida, informa: Se presentó a diez (10) entrevistas programadas de manera puntual en las fechas asignadas culminando en un nivel de supervisión medio y progresividad satisfactoria.
Así las cosas, como consecuencia de lo dispuesto en el contenido del informe conductual final, así como del vencimiento del lapso de tiempo durante el cual fue acordada la Suspensión Condicional y Ejecución de la Pena, se verifica el efectivo cumplimiento de la pena por parte del ciudadano: OSCAR ALONSO RAMIREZ MARQUEZ.
En relación a la pena accesoria prevista en el artículo 16.2 del Código Penal, el tribunal acoge criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia No 940 del 21 de mayo de 2007 (ratificada en la decisión proferida en el expediente No 1653, en fecha 21 de febrero de 2008) mediante la cual declaró con lugar la decisión de fecha 4 de septiembre de 2003, dictada por el Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que desaplicó la sujeción a la vigilancia de la autoridad, por considerar que esta es una pena excesiva y que además, no existe un mecanismo de control que permita supervisar el cumplimiento de la misma, por lo cual esta pena accesoria en opinión de la mencionada Sala, deviene, además de excesiva, en ineficaz.
Finalmente, por cuanto el ciudadano: OSCAR ALONSO RAMIREZ MARQUEZ, cumplió la pena impuesta, lo ajustado a derecho es extinguir la responsabilidad criminal establecida en contra del mencionado penado cuando fue condenado, a tenor de lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, que dispone: “El cumplimiento de la condena extingue la responsabilidad criminal”. Así se declara
Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución No 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal, declara LA EXTINCIÓN DE LA PENA y por ende de la responsabilidad criminal, con relación al ciudadano: OSCAR ALONSO RAMIREZ MARQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.710.286; por el cumplimiento de la totalidad de la pena impuesta. Ofíciese al Consejo Nacional Electoral de la extinción de la pena y por ende la restitución de los derechos políticos. Notifíquese a las partes. Envíese las actuaciones al archivo judicial en el lapso legal correspondiente, para custodia. Deje sin efecto la orden de aprehensión por la presente causa.
EL JUEZ
ABG. JOSÉ GERARDO PÉREZ RODRIGUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. JANETH FERNANDEZ