REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, seis de mayo de dos mil trece.

203º y 154º

Recibida por distribución la demanda de DIVORCIO ORDINARIO que encabeza este expediente, con fundamento en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil, es decir, “abandono voluntario” interpuesta por la ciudadana ROCIO DEL VALLE SALAZAR SILVA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V-10.051.311, de Profesión Médico Cirujano, domiciliada en el Desarrollo Habitacional Santa Ana, identificado como BLO09EDO1APTO0403, de esta ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábil, asistida por la abogada en ejercicio MARILYN GUTIERREZ GUILLÉN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.203.366, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 160.314, de este domicilio y jurídicamente hábil, en contra de su cónyuge, ciudadano LUIS GONZALO DUQUE DUQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.741.722, de profesión Taxista, domiciliado en El Surural, vía principal número 6-49, La Grita Estado Táchira, y civilmente hábil. Désele entrada a dicha demanda, fórmese expediente, háganse las anotaciones estadísticas correspondientes e impártasele el curso de Ley. Ahora bien, como quiera que la accionante en su escrito libelar, indicó en forma expresa haber procreados dos [02] hijos durante la unión matrimonial, que llevan por nombres ADRIAN ALFREDO y DAILIN NAZARETH DUQUE SALAZAR, y a los fines de poder determinar sí efectivamente este órgano jurisdiccional es competente desde el punto de vista funcional; este Tribunal exhorta a la actora a que consigne mediante diligencia, copias de las Partidas de Nacimiento o en su defecto copias simples de las cédulas de identidad de los prenombrados ciudadanos, hecho lo cual el Tribunal por auto separado resolverá lo conducente.

EL JUEZ TITULAR,



ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,



SULAY QUINTERO QUINTERO


En la misma fecha se le dio entrada bajo el número 10.559. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,



SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-
Exp. 10.559